STSJ Canarias 1237/2012, 11 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1237/2012
Fecha11 Julio 2012

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de julio de 2012.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ (Presidente), Dna. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ y D. IGNACIO DUCE SANCHEZ DE MOYA, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.390/2010, interpuesto por D./Dna. INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social No 1 de Gáldar en los Autos No 320/2009 en reclamación de Seg. social afiliación- alta-baja y cotización, siendo Ponente el ILTMO. SR. D.IGNACIO DUCE SANCHEZ DE MOYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Luis Angel, en reclamación de Seg. social afiliación-alta-baja y cotización siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 19 noviembre 2009, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Que el actor nacido en fecha NUM000 .1955; con DNI. No NUM001 ; afiliado a la Seguridad Social con el no NUM002 ; tiene como profesión habitual la de Peón de la Construcción.

SEGUNDO

Que en fecha 19-5-2006 es dictada Sentencia por este Juzgado en la causa 179/2006 entre las mismas partes en litigio en procedimiento de declaración de incapacidad permanente, declarándose al actor en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, procediendo el INSS a iniciar expediente de revisión en fecha de 19-1-2009, procediendo el EVI en fecha 18-3-2009 a emitir dictamen propuesta determinando un cuadro clínico residual artrodesis de muneca izquierda, tratamiento quirúrgico en tres ocasiones desde ano 2003, con fractura-luxación trasescafoperilunar y fractura cuello de hueso grande, debido a evolución con dolor más artrosis mas limitación funcional. Debido "evolución con dolor + artrosis + limitación funcional" propone la no calificación del trabajador referido como incapacitado por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral, dictando el INSS., en fecha 24-4-2009, Resolución acordando modificar el grado de incapacidad reconocido con fecha de efectos 30-4-2009, pasando a sin incapacidad, formulándose reclamación previa, siendo desestimada por Resolución de 2-6-2009.

TERCERO

Que la base reguladora mensual del actor asciende a la cuantía de 730,25 Euros.

CUARTO

Que el actor presenta las lesiones y secuelas siguientes: -Antecedentes de fractura-luxación trasescafoperimular con fractura de cuello de hueso grande en octubre de 2003 y practicándosele reducción y osteosíntesis; con evolución artrósica, dolor y limitación funcional severa;

-En fecha 19.05,05 se le interviene quirúrgicamente mediante "Artrodesis de muneca izquierda";

-Limitación muy importante de la movilidad de la mano, desapareciendo la flexo-extensión de la misma; disminuyendo en un 75% la prosupinación y con limitación de la movilidad de los dedos índice y medio;

-Pérdida importante de la potencia muscular que alcanza solo un 25%; con dolor y bloqueos dolorosos al intento de movilizar la muneca izquierda, siendo diestro el actor;

-No puede realizar movimientos de aprehensión con la mano izquierda o que requieran de fuerza; ni ayudar a la mano derecha en las labores normales de la profesión de peón albanil, no puede hacer el cierre total de la mano ni pinzas, ni cargar y elevar pesos por encima de sus hombros.

Que la profesión habitual del actor requiere trasportar manualmente materiales, manejo de herramientas manuales, sachos, picos, carretillas, pequena maquinaria eléctrica, etc.

QUINTO

Que consta como baja del actor en el percibo de prestaciones por incapacidad permanente total la fecha de 1-5-2009.

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: " Que estimando la demanda promovida por D. Luis Angel contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre prestaciones; dejando sin efecto la resolución impugnada, debo declarar y declaro al actor afecto de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de Peón de la Construcción, derivada de enfermedad común, y con derecho a percibir, con efectos a partir del 1-5-2009, una pensión del 55% de su base reguladora mensual de 730,25 euros. Y condeno al INSS., a su reconocimiento y abono a la actora y, conjuntamente con la TGSS., a estar y pasar por estas declaraciones. "

CUARTO

Contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente, senalándose para votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que, estimando la demanda, declaró al actor afecto de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de peón de la construcción, derivada de enfermedad común, con efectos desde 1-5-2009; se alza el INSS en suplicación alegando un motivo de revisión fáctica y otro de censura jurídica, a fin de que, con revocación de aquella, se declare ajustada a Derecho la resolución impugnada.

SEGUNDO

Con amparo en el art. 191 b) LPL la parte recurrente propone la sustitución del hecho probado 4o por el siguiente texto:

" Que el actor presenta las lesiones y secuelas siguientes:

Antecedentes de fractura - luxación trasescafoperimular con fractura de cuello de hueso grande en octubre de 2003 y practicándosele reducción y osteosíntesis; con evolución artrósica. Dolor y limitación funcional severa:

En fecha 19/05/05 se le interviene quirúrgicamente mediante " artrodesis de muneca izquierda ".

Tratamiento quirúrgico en tres ocasiones desde el ano 2003.

Exploración de muneca izquierda a fecha 13/03/2009: ( dominante lado derecho), papación de muneca no signos inflamatorios o dolorosos a la presión. Artrodesis sin grados de movilidad. Manos con callosidad, de estar realizando actividades de esfuerzos físicos con ambas manos. Hace punos dentro de la normalidad y pinza con todos los dedos. Balance muscular dentro de la normalidad. Exploración neurológica...

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