STSJ Comunidad de Madrid 796/2012, 6 de Septiembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 796/2012 |
Fecha | 06 Septiembre 2012 |
RSU 0002538/2012
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00796/2012
Sentencia nº 796
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª
MADRID
Ilma. Sra.Dª Begoña Hernani Fernández :
Presidente
Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz :
Ilma. Sra.Dª Aurora de la Cueva Aleu :
En Madrid, a 6 de septiembre de 2012.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 796
En el recurso de suplicación 2538/12 interpuesto por Mauricio representado por el Letrado MARIA CONCEPCIÓN ARRANZ PERDIGUERO, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUM. 15 DE MADRID en autos núm. 1070/11 siendo recurrido EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNICA AEROESPACIAL ESTEBAN TERRADAS (MINISTERIO DE DEFENSA) representado por el Letrado del Estado. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Aurora de la Cueva Aleu.
En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Mauricio, contra EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNICA AEROESPACIAL ESTEBAN TERRADAS (MINISTERIO DE DEFENSA) en reclamación sobre CANTIDAD en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 16 de enero de 2012, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.
En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:
La parte actora, D. Mauricio, ha prestado servicios en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas, en virtud de contrato administrativo, de fecha 12-3-08, cuyo objeto era la ejecución de la asistencia titulada Consultoría y Asistencia Técnica en la Subdirección de Experimentación y Certificación. El plazo de ejecución previsto era hasta el 31-12-08. La asistencia contratada es la que se especifica en el Pliego de Prescripciones Técnicas (expediente NUM000 ), denominado Gestión de la seguridad y materiales/suministros del Programa Meteor. Los trabajos a desarrollar consistían en los siguientes:
-Gestión, seguimiento y control de pedidos.
-Gestión, -seguimiento y control de subcontratistas
-Gestión, seguimiento y control de importaciones y exportaciones.
- Gestión, Control, recepción y distribución de los materiales (con clasificación de seguridad y sin clasificación de seguridad) del programa.
-Gestión, seguimiento y control de los procedimientos y sistemas de seguridad de las personas.
- Gestión, seguimiento y control de los procedimientos y sistemas de seguridad de la información.
- Gestión, seguimiento y control de los procedimientos y sistemas de seguridad del material.
- Asistencia a reuniones relacionadas con el programa en España y en el extranjero (en español y en inglés) y redactar las actas de las mismas.
- Apoyo a la definición de nuevas instalaciones de ensayo.
- Participación en grupos de trabajo del Programa.
- Cualquier otra tarea que le sea asignada relacionado con el objeto del contrato.
Se contempla que las horas de prestación serán principalmente de 8 a 18 horas siguiendo las indicaciones del Jefe de proyecto o persona en quien éste delegue. La prestación se realizará normalmente en las dependencias del INTA en Torrejón de Ardoz. Los trabajos se realizarán siguiendo los métodos y procedimientos existentes. El INTA proporcionará los medios materiales necesarios. El INTA designara un Director Técnico para velar por el cumplimiento de los trabajos exigidos y ofertados y emitir las certificaciones parciales de recepción de los mismos. Se prevén las bases para el seguimiento y control, con reuniones periódicas mensuales, y compromiso de genera toda la documentación necesaria para cada producto obtenido en la prestación.
Dicho contrato fue prorrogado desde el 1-1-09 al 20-10-09.
El de octubre de 2009 se adjudica contrato menor para prestación de servicios Proyecto Meteor por importe de 6.676,12 euros.
El 20-1-l0 se firma contrato administrativo para prestación del servicio Prestaciones de servicios evaluaciones seguridad Cesti y Oficina, con un plazo de ejecución hasta el 31-7-11, con sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas, que implica las siguientes funciones:
-Apoyo en la planificación de las actividades del programa.
-Seguimiento de la planificación, en tiempos y costos de las actividades de ensayo, contribuyendo a su cumplimiento.
-Control y cumplimiento de la planificación, en tiempos y costos de las adquisiciones.
-Informes de estado, desviaciones, tendencias y cumplimiento.
-Recepción, registro, custodia y distribución de a documentación del programa. (Con o sin clasificación de seguridad).
-Asistencia a reuniones relacionadas con el programa en España y el extranjero (en español e ingles) y redactar las actas de las mismas.
- Apoyo a la definición de nuevas instalaciones de ensayo.
- Participación en grupos de ensayo del programa.
- Gestión, seguimiento y control de pedidos.
- Gestión, seguimiento y control de subcontratistas - Gestión, seguimiento y control de importaciones y exportaciones.
- Gestión, Control, recepción y distribución de los materiales (con clasificación de seguridad y sin clasificación de seguridad) del programa.
- Gestión, seguimiento y control de los procedimientos y sistemas de seguridad de las personas, de la información, y del material.
- Servir como intermediario entre el cliente, y el servicio de prevención de riesgos laborales.
- Cualquier otra tarea que sea asignada relacionada con el objeto del contrato.
En el punto 5 del Pliego se especifican cuestiones relativas a la parte del INTA. En el punto 6 se establece para el adjudicatario realización de informe del estado de la gestión del programa que se realizará con periodicidad mensual de asignadas como objetivos para cada período.
El actor emitía facturas por la prestación de estos servicios, de periocidad prácticamente mensual Existen facturas del período 2009 hasta 31 de diciembre de 2009 (f. 299). Las últimas facturas de 2010 y 2011 son por importe mensual de 3.292,09 euros, con IVA y retención de IRPF.
Con anterioridad a la suscripción del contrato precedente el actor prestó servicios en el meritado Instituto mediante un contrato menor para la prestación de servicios como Asistencia Técnica Jefatura Programa Meteor por un importe de 7.259,20 euros. De ese período no existen facturas.
En el desarrollo de los servicios prestados el actor realizó las tareas descritas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas. Existían directrices e instrucciones sobre los objetivos y supervisión por parte del personal del INTA del departamento que ejecutaba el programa Meteor, compuesto por el actor, el Jefe del Programa, D. Jesús Luis, el Jefe Adjunto, y el Jefe de Oficina, D. Alexander . Teniendo en cuenta esos objetivos y los servicios especificados en los Pliegos, el actor realizaba su trabajo con autonomía (testifical Sr. Alexander ).
Entre las actividades desempeñadas en cumplimiento de sus funciones figuran: recepción de material, solicitudes de necesidades del programa, responsable frente a proveedores, control de material, preparación de plan de actividades preventivas, redacción de informes de gestión, reuniones con el cliente (f. 99 a 111 y 142 a 200)
Para llevar a cabo las tareas indicadas el INTA proporcionó al actor los medios, materiales e instrumentos necesarios, incluyendo teléfono, mobiliario electrónico. El acceso a la información dependía del perfil o rol del personal. El actor también tenía clave de acceso (testifical Sr. Alexander y alegaciones parte demandada)
El actor tenía tarjeta de acceso al centro de trabajo. En un principio firmaba hojas de asistencia. Posteriormente se reflejaba con la tarjeta de acceso la hora de entrada y salida. Actualmente no existe tal control (testifical Sr. Alexander ). El actor tenía un horario flexible dentro del horario del resto del personal de INTA. No consta un control directo y e s parte d e horario que cumplía el actor.
El demandante coordinaba sus vacaciones con el personal del Departamento de INTA, aunque no era precisa autorización del Instituto.
No figura que comunicase ni se controlasen permisos o ausencias.
El programa Meteor surge para dar viabilidad al contrato firmado el 28-7-04 sobre desarrollo y calificacación del misil Meteor, con fecha inicial de terminación de 2009. Esa fecha se modificó posteriormente a noviembre de 2011. No obstante, no ha acabado y está prevista la finalización en el plazo de un año aproximadamente. Las tareas que desempeñaba el actor se han repartido entre el Sr. Alexander y el Jefe Adjunto.
Se ha agotado la vía administrativa previa.
En esta sentencia se emitió el siguiente fallo:
"Que ESTIMO la excepción de falta de jurisdicción del orden jurisdiccional socia para conocer de la demanda formulada por D. Mauricio contra EL INSTITUTO NACIONAL DE TÉCNICA AEROESPACIAL ESTEBAN TERRADAS (MINISTERIO DE DEFENSA), advirtiendo que es competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo". CUARTO : Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso el pase de los mismos al Ponente para su examen y resolución.
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