SAP Burgos 402/2012, 11 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución402/2012
Fecha11 Septiembre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

BURGOS

ROLLO DE APELACIÓN NUM. 147/2.012

PROCEDIMIENTO PENAL NUM. 108/11

JUZGADO DE LO PENAL NUM. 3 DE BURGOS

S E N T E N C I A NUM. 00402/2012

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Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ

D. ROGER REDONDO ARGÜELLES

D. MARÍA TERESA MUÑOZ QUINTANA

En Burgos a 11 de septiembre de 2012

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial,compuesta por los Magistrados expresados, ha visto en segunda instancia la causa procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 de Burgos,seguida por delito de robo con intimidación respecto de Doroteo de cuyas circunstancias y datos requeridos constan ya en la sentencia de impugnada en virtud del recurso de apelación interpuesto por dicho acusado y personado con la calidad de apelado el Ministerio Fiscal,siendo ponente el Sr. D. ROGER REDONDO ARGÜELLES.

Se aceptan los antecedentes de hecho de la primera instancia, expuestos en la sentencia recurrida.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal del que dimana este rollo de Sala dictó sentencia,en cuyos antecedentes se declararan probados los siguientes hechos: ÚNICO. - Resulta probado y así se declara que sobre las 5 horas del día 21 de Diciembre de 2008, Adela se dirigía a su domicilio cuando en la CALLE000 nº NUM000 de Miranda de Ebro se le acercó por detrás el acusado Doroteo y, con ánimo de obtener ilícito beneficio, le dijo a aquella "quiero el bolso, dame el bolso" mientras le apuntaba con un frasco pequeño y la amenazaba con echarle el contenido. Que Adela entonces le dijo que no tenía dinero y le enseñó el bolso, cogiendo el acusado el móvil y tabaco, logrando Adela acercarse a una zona más concurrida de gente y despistar al acusado.

Que tras avisar a la policía, los agentes de la Policía Local que se personaron en el lugar en que se encontraba Adela la acompañaron a su domicilio sito en la CALLE001 nº NUM001, NUM000 NUM002

, localizando en las cercanías al acusado, el cual fue reconocido por Adela .

Que en el momento de la detención el acusado se dirigió a Adela diciendo "me he quedado con tu cara y como digas algo a la policía voy a volver detrás de ti, que me enteraré dónde vives". Que los agentes procedieron al cacheo del acusado, hallándole el móvil y el tabaco propiedad de Adela, que reconoció como suyos, por lo que le fueron entregados.

Que con anterioridad a estos hechos el acusado había sido condenado por Sentencia firme de 14 de Noviembre de 2008 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Burgos en la causa 45/2008 como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la sentencia recaída en la primera instancia de fecha 30 de marzo de 2.012,dice literalmente."Fallo Que debo condenar y condeno a Doroteo como autor responsable criminalmente de un delito de robo con intimidación, con la concurrencia de la agravante de reincidencia, a la pena de TRES AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, con imposición al mismo del pago de las costas procesales.

Contra esta sentencia, cabe recurso de apelación en el plazo de los diez días siguientes a su notificación el cual deberá ser formalizado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la ley de enjuiciamiento criminal .

TERCERO

Contra esta resolución se interpuso recurso de apelación por la representación del acusado alegando error en la valoración de la prueba.

CUARTO

Admitido el recurso de apelación se dio traslado del mismo a las partes, interesándose por la representación del Ministerio Fiscal la desestimación del mismo.

QUINTO

Elevadas las actuaciones a este Tribunal se formó el oportuno...

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