SAP Valencia 212/2012, 4 de Junio de 2012

PonenteMARIA ANTONIA GAITON REDONDO
ECLIES:APV:2012:2680
Número de Recurso101/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución212/2012
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO NÚM. 000101/2012

CR

SENTENCIA NÚM.:212/2012

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

DOÑA ROSA MARÍA ANDRÉS CUENCA

DON GONZALO CARUANA FONT DE MORA

DOÑA MARÍA ANTONIA GAITÓN REDONDO

En Valencia a cuatro de junio de dos mil doce.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARÍA ANTONIA GAITÓN REDONDO, el presente rollo de apelación número 000101/2012, dimanante de los autos de Juicio Verbal - 000877/2011, promovidos ante el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE VALENCIA, entre partes, de una, como apelante a HOSTESA COMERCIAL DE HOSTELERIA LEVANTINA SL, representada por la Procuradora de los Tribunales doña MARIA ANGELES SOLER GIL, y asistida del Letrado doña MARIA PILAR SALVADOR SOLA y de otra, como apelados a Jose Carlos y Carlos María, en virtud del recurso de apelación interpuesto por HOSTESA COMERCIAL DE HOSTELERIA LEVANTINA SL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE VALENCIA en fecha 14 de diciembre de 2011, contiene el siguiente FALLO: "DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la representación procesal de HOSTESA COMERCIAL DE HOSTELERÍA LEVANTINA, S.L. contra Jose Carlos y Carlos María, y en consecuencia, ABSOLVER LIBREMENTE a los demandados; con expresa condena a la parte demandadante en las COSTAS causadas en esta instancia. ".

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por HOSTESA COMERCIAL DE HOSTELERIA LEVANTINA SL, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En autos de juicio verbal se dictó sentencia por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 por la que se desestimaba la demanda que, en reclamación de cantidad y en ejercicio de las acciones de responsabilidad contra los administradores sociales, formuló la representación procesal de la entidad HOSTESA COMERCIAL DE HOSTELERÍA LEVANTINA SL contra Jose Carlos y Carlos María, ambos administradores solidarios de la entidad ESTABLECIMIENTOS HOSTELEROS REINA CABAÑERO SL. Interpone recurso de apelación contra dicha resolución la parte actora en base a las alegaciones siguientes: 1) Denegación injustificada y arbitraria por el Juzgador a quo de prueba solicitada por la parte actora, no habiéndose tenido en cuenta tampoco en el acto de la vista un hecho de nueva noticia consistente en la falta de depósito de las cuentas anuales del ejercicio de 2010 en el Registro Mercantil. 2) En relación con la responsabilidad objetiva y solidaria, no tener en cuenta el Juzgador que la LEC prevé un régimen de alegaciones ampliatorias como excepción a la preclusión de alegaciones que, sin modificar las peticiones, autoriza a introducir hechos relevantes ocurridos o conocidos después de las peticiones aducidas en el proceso, consistiendo dicha nueva notifica en la falta de depósito de las cuentas anuales de 2010, que fue alegado en el acto de la vista del juicio verbal. Añade la errónea valoración del Juzgador en cuento a la suficiencia patrimonial de la entidad de los demandados, puesto que no ha tenido en cuenta el hecho nuevo mencionado y que resultaba acreditado con el documento aportado, disintiendo la parte apelante igualmente en relación con la falta de prueba sobre la desaparición de hecho de la sociedad, pues se denegó indebidamente la prueba documental con la que se pretendía probar tal extremo. 3) En relación con la responsabilidad subjetiva, alega también la recurrente errónea valoración de la prueba, pues la conducta negligente de los administradores indujeron a los proveedores de la sociedad a suministrarle género y conceder crédito a sabiendas de que no se iban a pagar las deudas, siendo evidente el daño producido a la recurrente y el nexo causal. 4) Finalmente alega la producción de un nuevo hecho tras haberse dictado sentencia en la instancia, que resultaba de la nota simple expedida por el Registro Mercantil y de la que resultaba el cierre de la empresa de los demandados por falta de presentación de las cuentas. Terminaba solicitando nueva resolución por la que se estimase su demanda, solicitando por otrosí la práctica de la prueba denegada en la instancia, así como nueva documental correspondiente a hecho acaecido tras haberse dictado la sentencia apelada.

No se formuló escrito de oposición al recurso, habiéndose dictado Auto por la Sala por la que se denegaba el recibimiento del pleito a prueba...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
102 sentencias
  • SAP La Rioja 277/2014, 7 de Noviembre de 2014
    • España
    • Audiencia Provincial de La Rioja, seccion 1 (civil y penal)
    • 7 Noviembre 2014
    ...pues cabe oponerlas en caso de "exceptio doli", que en este caso no concurre. En el mismo sentido, la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 4 de Junio de 2012 : "1.-La entidad demandante inicial formuló demanda de juicio cambiario respecto de dos pagarés emitidos por la mercan......
  • AAP Valencia 1600/2016, 3 de Noviembre de 2016
    • España
    • 3 Noviembre 2016
    ...de revisar la valoración de la prueba llevada a cabo por el juez a quo, como ya expusimos en nuestra Sentencia de 4 de junio de 2012 (ROJ: SAP V 2680/2012 ), se asume la correcta fundamentación de una sentencia de primera instancia en aras a evitar innecesarias " La Sala, (...), acepta los ......
  • SAP Valencia 1094/2018, 13 de Noviembre de 2018
    • España
    • 13 Noviembre 2018
    ...la juez a quo, sin perjuicio de matizaciones que puedan llevarse a cabo. Como ya expusimos en nuestra Sentencia de 4 de junio de 2012 (ROJ: SAP V 2680/2012 ) se asume la correcta fundamentación de una sentencia de primera instancia en aras a evitar innecesarias " La Sala, (...), acepta los ......
  • SAP Valencia 653/2019, 21 de Mayo de 2019
    • España
    • 21 Mayo 2019
    ...del juez a quo, sin perjuicio de las matizaciones que puedan hacerse. Como ya expusimos en nuestra Sentencia de 4 de junio de 2012 (ROJ: SAP V 2680/2012 ) se asume la correcta fundamentación de una sentencia de primera instancia en aras a evitar innecesarias " La Sala, (...), acepta los raz......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR