SAP Madrid 337/2012, 25 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución337/2012
Fecha25 Julio 2012

Procedimiento abreviado nº 539/2009

Juzgado de lo Penal nº 5 de Madrid

Rollo de Sala nº 99/2012

ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 337/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )

SECCIÓN PRIMERA )

Presidente )

D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ )

Magistrados )

D EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA)

D JOSÉ Mª CASADO PÉREZ )

En Madrid, a veinticinco de julio de dos mil doce.

Visto en segunda instancia por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de 16 de enero de 2012 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Madrid en el procedimiento abreviado nº 539/2009, seguido contra don Nicolas .

Habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante el citado acusado representado por la procuradora doña Sara Martín Moreno y defendido por el letrado don Alberto Barco García, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo ponente el Ilmo. Sr. don ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó sentencia en la causa indicada cuyo relato fáctico y parte

dispositiva dicen:

HECHOS

PROBADOS.- "Se declara probado que el acusado Nicolas, mayor de edad y sin antecedentes penales, en fecha 20 de mayo de 2008 poseía en su domicilio, sito en la CALLE000 nº NUM000, de Madrid, y a sabiendas de lo que se trataba, un llavero-pistola con dos cartuchos de calibre 6,35 mm. Browning en su interior, transformado para disparar esta clase de munición, además de carecer de marca, modelo y número de serie y hallarse en perfecto estado de funcionamiento."

FALLO.-

"1º Se condena a Nicolas como autor penalmente responsable de un delito de tenencia ilícita de armas, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de un año y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. 2º Se decreta el comiso y destrucción del llavero-pistola intervenido.

  1. Se condena al acusado Nicolas al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha resolución la representación del acusado interpuso recurso de apelación.

TERCERO

Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado al Fiscal, quien lo impugnó, se elevó el procedimiento original a este Tribunal, donde se formó el oportuno rollo de Sala, señalándose el 12 de los corrientes para su deliberación.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan los contenidos en la sentencia impugnada, añadiendo:

El 20 de octubre de 2009 la causa fue turnada al Juzgado de lo Penal, quien mediante auto de 7 de octubre de 2011 resolvió sobre las pruebas propuestas, y por diligencia del mismo día se señaló el 13 de enero de 2012 para la celebración del juicio.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el primer motivo del recurso se aduce una infracción de ley por inaplicación del art.

565 CP .

Dicho precepto permite la rebaja en un grado de las penas del art. 563 CP cuando por las circunstancias del hecho y del culpable se evidencie la falta de intención de usar el arma con fines ilícitos.

Dicha alegación debe ser rechazada, porque el propio contenido del testimonio del auto de 29 de mayo de 2008 del Juzgado de Instrucción nº 5 de Valdemoro por el que se autoriza la entrada y registro en el domicilio del recurrente, refleja en su fundamento cuarto los indicios de la relación entre éste y doña Bárbara respecto del investigado fallecimiento del ex marido de ésta, don Casiano, señalando en relación a aquéllos que:

"...el trato entre ambos es diario, que éste mantiene conversaciones con el mundo de la seguridad privada, en contextos que denotan una capacidad para organizar escarmientos en personas que le son antagónicas a él o a sus "protegidos", siendo incluso partícipe en las mismas. De las diferentes intervenciones telefónicas ha puesto en evidencia la existencia de indicios de intermediación de Nicolas en diferentes actos delictivos contra las personas, cobrando por actuaciones selectivas utilizando en estos entre otras personas a ... siendo precisamente Nicolas a quien se le ha ubicado en el lugar de los hechos el día y la hora en que ocurrieron. En el oficio se hace constar que en una conversación telefónica registrada el 23/01/2008 a...

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