STSJ Castilla y León , 4 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Julio 2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01342/2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2011 0000956

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001151 /2012 JM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000472 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de PALENCIA

Recurrente/s: ORGANISMO AUTONOMO DE TRABAJO PENITENCIARIO Y FORMACION PARA EL EMPLEO

Abogado/a: ABOGADO DEL ESTADO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Carlos Antonio

Abogado/a: AURORA GUTIERREZ GARCIA

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Iltmos. Sres.: Rec. 1.151/2012

D. Emilio Alvarez Anllo

Presidente de la Sección

D. José Manuel Riesco Iglesias

D. Rafael A. López Parada /

En Valladolid a cuatro de Julio de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el Recurso de Suplicación núm. 1.151/2012, interpuesto por el ORGANISMO AUTONOMO DE TRABAJO PENITENCIARIO Y FORMACION PARA EL EMPLEO contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Palencia, de fecha 16 de Marzo de 2.012, (Autos núm. 472/2011), dictada a virtud de demanda promovida por DON Carlos Antonio contra el Organismo recurrente, sobre DESPIDO.

Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON José Manuel Riesco Iglesias.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29 de agosto de 2011 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Uno de Palencia demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando parcialmente referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:" 1°.- El actor D. Carlos Antonio, mayor de edad y con D.N.I. NUM000 se encuentra interno, en calidad de penado, en el Centro Penitenciario La Moraleja sito en Dueñas (Palencia).- 2°.- En fecha 24-12-2010, D. Carlos Antonio fue dado de alta en la Seguridad Social por el empresario demandado Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, prestando servicios en el taller de actividades auxiliares/biblioteca, con la categoría de operario base y percibiendo un salario mensual bruto de 247 euros.- 3°.- Por parte del Educador n° NUM001 del citado Centro Penitenciario se emitió el 8-7-2011 un oficio dirigido al Director del siguiente tenor:

"Personado en el módulo el día de la fecha el interno Cipriano, que realiza funciones de presidente del módulo de respeto, me informa que el día 7 al presentarse el interno que reparte los libros de la biblioteca central, Carlos Antonio, en el módulo comenzó a insultar al interno Dimas, causando una situación de alboroto en el módulo. Hablo con Dimas y me confirma el incidente indicando que los motivos de tal actitud vienen por problemas de la calle relacionados con la ex-mujer de Carlos Antonio y el tráfico de drogas, manífiesta que esta situación se prolonga en el tiempo, que cada vez que coincide con el trata de provocarlo incitándole a agredirle para conseguir que sea sancionado, y que tiene conocimiento de que ha ofrecido dinero para que alguien fuerce una pelea con el. Dimas dice que no ha querido denunciar la situación por no agravar el problema y que, hasta ahora, está consiguiendo mantenerse tranquilo y no entrar en la provocación.

Hablo con el interno del Módulo 2 Gines, que tiene destino en la brigada de reciclaje de basura, y me dice que Carlos Antonio ha hablado con el ofreciéndole 1.500 # por tener una pelea con Dimas, que ha rechazado el ofrecimiento y que ha intentado hacer desistir a Carlos Antonio de esas pretensiones.

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos".- 4º.- Mediante escrito se comunicó por el demandado al Sr. Carlos Antonio los siguientes extremos:

"SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL ESPECIAL PENITENCIARIA".

"El Director del Centro Penitenciario de La Moraleja - Dueñas(Palencia) en calidad de Delegado del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, previos los informes oportunos y valorando los motivos previstos en el artículo 9, apartado 2 d) del Real Decreto 782/2001 de 6 de julio y en concreto Motivación: Por razones de disciplina y seguridad penitenciaría (altercado regimental e inducción a la agresión), con fecha 8 de julio de 2011 acuerda suspender la relación laboral con el interno Carlos Antonio con efectos desde el día 8 de julio de 2011.-Contra este Acuerdo puede interponer reclamación previa a la Jurisdicción Laboral ante el Organismo Autónomo de TrabajoPenitenciario y Formación para el Empleo, en la forma establecida en el articulo 69 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral y en el artículo 125 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ".- 4°.1.- El 13-7-2011, D. Carlos Antonio procedió a remitir solicitud al Director del Centro Penitenciario a fin de que se cursara en sobre cerrado dirigido al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n° 4 de Castilla y León, en Palencia, escrito de queja por las razones expuestas para la suspensión de la relación laboral notificada en fecha 13-7-2011.- 4°.2.- El 17-7-2011, D. Carlos Antonio procedió a remitir solicitud al Director del Centro Penitenciario a fin de que se cursara escrito conteniendo petición de Abogado de Oficio ante el Colegio de Abogados de Palencia.- 5°.- Con fecha 8-7-2011 se dio de baja al Sr. Carlos Antonio por parte de la empresa Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, en la Tesorería General de la Seguridad Social indicando como causa: "baja no voluntaria".- 6°.- La Comisión Disciplinaria del Centro Penitenciario de Dueñas-Moraleja adoptó el 12-9-2011 Acuerdo sancionador frente a D. Carlos Antonio, recogiéndose, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Hechos Probados

"Que el día 7/7/2011 Ud. que ocupa el puesto de auxiliar de destino de la biblioteca, insulta al interno Dimas cuando acude al módulo dos para repartir los libros de la biblioteca. Que Ud. incita al interno Dimas para que le agreda, con el fin de conseguir que dicho interno sea sancionado. Asimismo, Ud. ofrece 1.500 euros al interno Gines, para que se pelee con el interno Dimas ".-Fundamentos de Derecho

-1- Los hechos anteriormente descritos son legalmente constitutivos de una falta grave recogida en el apartado...

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