SAP Murcia 256/2012, 15 de Junio de 2012

PonenteALVARO CASTAÑO PENALVA
ECLIES:APMU:2012:1662
Número de Recurso150/2012
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución256/2012
Fecha de Resolución15 de Junio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

00256/2012

SENTENCIA

NÚM. 256/12

En la Ciudad de Murcia, a quince de junio de dos mil doce.

El Ilmo. D. Álvaro Castaño Penalva, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 150/12, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Dos de Mula, en procedimiento de Juicio de Faltas número 179/11, seguido por lesiones imprudentes (tráfico), en el que han intervenido, como apelados, el denunciante Alexander y el perjudicado Bartolomé, representados y defendidos por el Letrado D. Ramón Ruiz Hita; y como responsable civil directa y ahora apelante Aseguradora Asefa, S.L., representada y defendida por el letrado D. Jorge Ángel Sánchez de la Cuesta; y el Ministerio Fiscal, también apelado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17 de abril de 2012 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 179/11,

el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "El día 5 de julio de 2011 Alexander circulaba conduciendo el vehículo Audi matrícula ....YYY, con la autorización de su propietario Bartolomé, por la carretera que une Campos del Río con Ceutí cuando el vehículo Opel Combo matrícula Ha-....-HY conducido por su propietario Evelio, asegurado en Asefa Seguros, que circulaba en sentido contrario, invadió el carril por el que el denunciante circulaba, obligando a éste a realizar una maniobra evasiva que provocó que colisionara contra un pilón de hormigón.

Como consecuencia del siniestro Alexander, de conformidad con el informe forense obrante en actuaciones de fecha 19 de octubre de 2011 resultó con lesiones consistentes en policontusiones, cervicalgia, omalgia izquierda y contusión en rodilla izquierda, lesiones que han requerido para sanar además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico, y requiriendo para sanar 90 días de los cuales 30 estuvo impedido para sus ocupaciones habituales.

Conforme con el informe pericial de fecha de 18 de noviembre de 2011 el valor de la reparación de los daños causados en el referido siniestro en vehículo propiedad de Bartolomé asciende a 6.690 euros".

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Evelio en concepto de autor responsable de una falta de lesiones imprudentes prevista y penada en el artículo 621.3 C.P . a la pena de diez días de multa con cuota diaria de dos euros, condenándole también a las costas causadas, y a que indemnice con la responsabilidad civil directa de Aseguradora Asefa Seguros, a Alexander, en las siguientes cantidades:

En 1.658,10 euros por 30 días de curación impeditivos.

En 1.785 euros por 60 días de curación no impeditivos. En 1536,02 euros por secuelas, valoradas en dos puntos,

En 153,60 euros de factor corrector de 10%.

En 1.375 euros por gastos.

Y a D. Bartolomé en la cantidad de 5.690 euros.

Estas cantidades se incrementarán para la aseguradora de...

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