SAP Asturias 251/2012, 15 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución251/2012
Fecha15 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

OVIEDO

SENTENCIA: 00251/2012

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 188/2012

NÚMERO 251

En OVIEDO, a quince de Junio de dos mil doce, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, compuesta por Don Francisco Tuero Aller, Presidente, Doña Nuria Zamora Pérez y Don José Antonio Soto Jove Fernández, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de apelación número 188/2012, en autos de JUICIO ORDINARIO Nº 999/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número tres de los de Pola de Siero, promovido por Dª. Melisa, demandada en primera instancia, contra Dª. Ofelia, demandante en primera instancia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Nuria Zamora Pérez.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia número tres de los de Pola de Siero se dictó Sentencia con fecha veinticinco de Enero de dos mil doce, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo estimar como estimo la demanda presentada por doña Ofelia actuando en su propio nombre como de las comunidades hereditarias de las que forma parte, de un lado la de su esposo fallecido, don Ildefonso y de otro la de sus difuntos padres don Jeronimo y doña Tamara frente a doña Melisa y así declaro: En primer lugar que el derecho de propiedad sobre la mitad de un hórreo sito en Piñera, Bimenes, lo ostenta doña Ofelia junto con la comunidad hereditaria de su esposo don Ildefonso, incluye un terreno destinado a antojana, situado en su viento Norte, de 13,22 metros cuadrados, que aparece identificado como "zona 2" en el plano contenido en el anejo 5.2 del dictamen pericial de la Sra. Angustia, terreno comprendido entre los puntos identificados como BCDE del mismo plano y cuyos lindes quedarían identificados como: Norte terrenos de doña Melisa, Sur, la correspondiente mitad del hórreo al que pertenece, Este carretera y camino, Oeste mitad de la antojana propiedad de los herederos de Jeronimo y Tamara .- En segundo lugar, que el derecho de propiedad sobre la mitad de un hórreo sito en Piñera, Bimenes, lo ostentan las comunidades hereditarias de don Jeronimo y doña Tamara, incluye un terreno destinado a antojana, situado en su viento Norte, de 13,21 metros cuadrados, identificado como "Zona 1" en el plano contenido en el anejo 5.2 del dictamen pericial de Doña. Angustia, terreno comprendido entre los puntos identificados como ABEF en el mismo plano, y cuyos lindes quedarían como: Norte terrenos de Melisa, Sur, la correspondiente mitad del hórreo al que pertenece, Este la otra mitad de la antojana propiedad de Ofelia y Ildefonso, Oeste, FINCA000 .- En consecuencia de lo anterior, la demandada deberá cesar en cualquier acto de perturbación de los derechos de propiedad anteriormente declarados, reintegrando la posesión de la finca y concretamente levantará y retirará el cerramiento realizado en la antojana del hórreo que por mitades es propiedad de las comunidades hereditarias en cuyo beneficio actúa la demandante, debiendo dejar libres y expeditos el terreno identificado como ZONA 1 en el plano contenido en el anejo 5.2 del dictamen pericial de Doña. Angustia, y el terreno identificado como ZONA 2, con apercibimiento de hacerlo a su costa en otro caso.- Se declara la expresa imposición de costas a la parte demandada.".- SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día cinco de Junio de dos mil doce.- TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

la sentencia de instancia estima la demanda presentada por Doña Ofelia, quien litiga en su propio nombre y en interés de la comunidad hereditaria de D. Ildefonso (su difunto marido) y la de D. Jeronimo y Doña Tamara (sus fallecidos padres); y en consecuencia les reconoce el derecho de propiedad sobre la mitad de un hórreo en Piñera que incluye: "un terreno destinado a antojana, situado en el viento Norte de 13'22 metros cuadrados, que aparece identificado como "zona 2", en el plano contenido en el anejo 5.2 del dictamen pericial de Doña. Angustia, terreno comprendido entre los puntos identificados como BCDE, del mismo plano y cuyos linderos quedarían identificados como : Norte, terreno de Melisa ; Sur la correspondiente mitad del hórreo al que pertenece; Este carretera y camino;...

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