AAP León 15/2009, 13 de Febrero de 2009

JurisdicciónEspaña
Número de resolución15/2009
Fecha13 Febrero 2009

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

AUTO: 00015/2009

Domicilio : C., EL CID, 20

Telf : 987/233159

Fax : 987/232657

Modelo : 4535A

N.I.G.: 24089 37 1 2009 0200081

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000069 /2009

Juzgado procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.9 de LEON

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000894 /2008

RECURRENTE : Benedicto

Procurador/a : MIGUEL ANGEL DIEZ CANO

Letrado/a : RAFAEL GUTIÉRREZ OLIVARES

RECURRIDO/A : MINISTERIO FISCAL

A U T O NÚM. 15-09

ILMOS. SRES.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

En la ciudad de León, a trece de febrero de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de León, los Autos de Procedimiento Ordinario 894/2008, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº. 9 de LEON, a los que ha correspondido el Rollo 69/2009, en los que aparece como parte apelante D. Benedicto representado por el procurador D. Miguel Angel Diez Cano, y asistido por el Letrado D. Rafael Gutiérrez Olivares, y como apelado el MINISTERIO FISCAL, sobre falta jurisdicción, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de León y en fecha 3 de noviembre de 2008 se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "SE ACUERDA: Que debo declarar y declaro la falta de jurisdicción de este Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de León, para conocer de la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Diez Cano, en nombre y representación de Benedicto contra las entidades Obras y Estructuras RAM S.L. y Ferrovial Agruman S.A., y en su consecuencia, debo abstenerme de conocer del presente procedimiento, por falta de jurisdicción, por ser el orden jurisdiccional competente, el orden social, ante el cual, podrá la parte actora usar de su derecho."

Notificado que fue a las partes, por la representación de Benedicto se interpuso recurso de apelación, que fue impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones a esta Sección y señalándose para la fecha de deliberación el día 9 de febrero de 2009.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Formulada demanda por D. Benedicto, frente a las empresas "Obras y Estructuras Ram, S.L." y "Ferrovial Agroman, S.L." en reclamación de los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de las lesiones padecidas el día 24 de abril de 2003, cuando siendo empleado de "Obras y Estructuras Ram, S.L." sufrió un accidente laboral al caerse de un andamio al ser este golpeado por una grúa manejada por un empleado de la empresa "Ferrovial Agroman, S.L.", que había subcontratado a "Obras y Estructuras Ram, S.L." para la ejecución de determinados trabajos, se dictó auto, con fecha 3 de noviembre de 2008, por el juzgado de primera instancia núm . nueve de esta Ciudad que declara la competencia del orden jurisdiccional social para conocer del asunto.

Frente a esta resolución el actor interpone...

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