SAP Madrid 64/2008, 6 de Marzo de 2008

PonenteRAFAEL SARAZA JIMENA
ECLIES:APM:2008:3189
Número de Recurso170/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución64/2008
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28

MADRID

SENTENCIA: 00064/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 28ª

Rollo de apelación nº 170/07

Materia: Responsabilidad de administrador social.

Órgano judicial de origen: Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Madrid

Autos de origen: Proceso núm. 91/2005

Parte recurrente: D. Benjamín

Parte recurrida: el Abogado del Estado en representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria

SENTENCIA Nº 64

En Madrid, a 6 de Marzo de 2008.

La Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados D. Rafael Sarazá Jimena, D. Alberto Arribas Hernández y D. Pedro María Gómez Sánchez, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 170/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2006 dictada en el proceso núm. 91/2005 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Madrid.

Han sido partes en el recurso, como apelante/s D. Benjamín, representado/s por el/los Procurador/es Dª. Begoña López Cerezo y defendido/s por el/los Letrado/s D. Jorge Rodríguez Blázquez, siendo apelado/s el Abogado del Estado en representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Es magistrado ponente D. Rafael Sarazá Jimena

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 9 de marzo de 2005 por el Abogado del Estado en representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria contra D. Benjamín, en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, suplicaba lo siguiente:

".dicte sentencia por la que: 1º.- Se declare la responsabilidad de D. Benjamín por la deuda tributaria pendiente de la sociedad LUMACA SL., y que asciende a la cantidad de 70.420,49 euros.

  1. - Se condene al demandado al pago a la Hacienda Pública de la totalidad del importe de la deuda que la mercantil LUMACA SL, mantiene con la Hacienda Pública y que en el momento de la interposición de la demanda asciende a la cantidad de 70.420,49 euros".

SEGUNDO

Tras seguirse el juicio por sus trámites correspondientes el Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Madrid dictó sentencia, con fecha 8 de noviembre de 2006, cuyo fallo era el siguiente: "Estimando en su integridad la demanda interpuesta por la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA representada y asistida del Abogado del Estado, contra D. Benjamín, representado por la Procuradora Dª. Begoña López Cerezo y asistido de la Letrado Dª. Isabel Ángela Lorente Pérez debo: 1º).- Declarar y declaro la responsabilidad del demandado por la deuda tributaria pendiente de la Sociedad LUMACA SL., que asciende a la cantidad de 70.420,49 euros.

  1. ).- Condenar y condeno al demandado a pagar a la Hacienda Pública el importe de la deuda que la mercantil LUMACA, SL., mantiene con la Hacienda Pública y que e el momento de interposición de la demanda asciende a la cantidad de 70.420,49 euros".

TERCERO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de D. Benjamín se interpuso recurso de apelación que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase, siendo señalada la deliberación, votación y fallo del recurso el día 6 de marzo de 2008.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

El Abogado del Estado en representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria interpuso demanda contra D. Benjamín en su calidad de administrador de la sociedad "LUMACA, S.L." exigiéndole el pago, como responsable solidario, de las deudas a que se contraen las obligaciones tributarias de dicha sociedad respecto de la hacienda pública estatal, en base al art. 105.5 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil estimó plenamente la demanda, y contra tal sentencia se alza el demandado en este recurso.

SEGUNDO

El primer motivo del recurso estriba en no haber estimado la sentencia apelada la excepción de prescripción, imputando a la sentencia apelada "solventa[r] tal defensa sin entrar a su análisis" y no fundamentar los actos interruptivos concretos en que se basa para desestimar la alegación de prescripción efectuada.

La remisión que el art. 405 realiza al 399, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Civil,...

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