SAP Huelva 289/2009, 22 de Diciembre de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Diciembre 2009
Número de resolución289/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

HUELVA

PENAL-JUICIO ORAL

Procedimiento Abreviado nº 39/2008

Juzgado de Instrucción nº 1 de Ayamonte

(D.Previas nº 726/04)

SENTENCIA NUM

Iltmos Sres:

Presidente:

Don Jose Mª Méndez Burguillo

Magistrados:

Don Antonio G. Pontón Práxedes

D. Luis G. García Valdecasas y García Valdecasas

En la ciudad de Huelva, a veintidós de diciembre de dos mil nueve.

Esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados anotados al margen y bajo la ponencia del Iltmo. Sr. Don Luis G. García Valdecasas y García Valdecasas, ha visto en juicio oral y público, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 1 de Ayamonte, seguida por el procedimiento abreviado y delito CONTRA LOS RECURSOS NATURALES, contra Aurelio, con DNI nº NUM000, natural de Navas (Barcelona), hijo de Antonio y de Isabel, nacido el 20-9-63, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, contra Cornelio, con DNI nº NUM001, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, contra Eusebio, con DNI nº NUM002, natural de Huelva, nacido el 7-10-49, hijo de Manuel y Mercedes, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, y contra Hilario, con DNI nº NUM003, natural de Huelva, hijo de José y Manuela, nacido el 21-11-56, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa; representados por el Procurador Sr. Hervas Tebar y defendidos por el Letrado Sr. Arduán Pérez; siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Incoadas Diligencias Previas por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Ayamonte y continuada su tramitación por el Procedimiento Abreviado, el Ministerio Fiscal formuló acusación contra Aurelio, Cornelio

, Eusebio y Hilario .

SEGUNDO

Remitida la causa a esta Audiencia Provincial para el enjuiciamiento de los hechos, se admitieron las pruebas propuestas por las partes reputadas pertinentes y se señaló el acto del juicio oral para el día 22 de diciembre de 2009, en cuya fecha tuvo lugar, con el resultado que consta en acta.

TERCERO

En dicho acto el Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito contra los recursos naturales de los artículos 325 y 326 a) del Código Penal, del que era responsable en concepto de autor el acusado Aurelio, concurriendo la atenuante cualificada de dilaciones indebidas, solicitando se le impusiera la pena de prisión de 1 año con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 15 meses con cuota diaria de 10 euros, e inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier tipo de profesión u oficio relacionado con actividades extractivas o análogas durante dos años, y costas. Y...

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