STSJ Galicia 3312/2012, 6 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha06 Junio 2012
Número de resolución3312/2012

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 1204/2009-vv

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a seis de junio de dos mil doce.

Habiendo visto las presentes actuaciones la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia 001, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001204 /2009, formalizado por la

CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, contra la sentencia de dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OURENSE en sus autos número DEMANDA 0000457 /2007, seguidos a instancia de Victoriano, Carmelo, Emilio, Gabriel, Jacinto, Mateo, Raimundo, Víctor, Jacinto, Luis Francisco, Romualdo, Alfonso, Braulio, Adelina, Erasmo, Casilda, Gustavo, Justiniano, Nazario frente a CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, en reclamación por OTROS DCHOS. LABORALES, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:"/PRIMERO.-Los actores, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, vienen prestando servicios para la demandada CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, en el Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, como personal laboral fijo-discontinuo, con las antigüedades, categorías, salarios y en los distritos que para cada uno de ellos se especifica en el hecho primero de la demanda, cuyo contenido se tiene aquí por reproducido./SEGUNDO.-Dentro de la Comisión Negociadora del convenio para el Personal Laboral del Servicio de Prevención y Defensa contra incendios forestales (SDCIF) en julio de 2006 se suscribió entre los representantes de Medio Rural de la Xunta de Galicia y de los sindicatos confederación Intersindical Galega, Unión General de Trabajadores, Comisiones Obreras y Confederación de Sindicatos Independientes y Sindicato de Funcionarios un preacuerdo sobre ese personal supeditado a su posterior ratificación. Este preacuerdo no fue ratificado ni por el Sindicato Comisiones Obreras, ni por la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindicato de Funcionarios. El acuerdo fue ratificado en Santiago de Compostela, bajo la denominación de "Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal al servicio de prevención y defensa contra incendios forestales (SPDCIF) de la Xunta de Galicia, tanto por la Confederación Intersindical Galega -el 14-7-06-, como por la Unión General de Trabajadores - el 21-7-06-.Su aplicación es ya efectiva, y su texto es exactamente el mismo que el del preacuerdo./TERCERO. -Con fecha de 17 de enero de 2007, tuvo entrada en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, demanda presentada por la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF) contra la Conselleria de Medio Rural (Xunta de Galicia), los sindicatos confederación Intersindical Galega, Unión General de Trabajadores, Comisiones Obreras de Galicia y Ministerio Fiscal sobre conflicto colectivo (impugnación de convenio colectivo) suplicando se dicte sentencia de conformidad con lo pedido en la misma./Con fecha de 2 de marzo de 2007 en los autos n ° 1/07, antes referidos, por la Sala de lo Social se dictó Sentencia estimando dicha demanda declarando nulos los artículos 2.1, 3.1, 16, 3.19 y anexo 1 del acuerdo sobre condiciones forestales (SPDCIF) de la Xunta de Galicia, suscrito en Santiago de Compostela en julio de 2006, condenando a la Xunta de Galicia y a los sindicatos...

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