SAP Madrid 139/2012, 24 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución139/2012
Fecha24 Mayo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21 BIS

MADRID

SENTENCIA: 00139/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 21 BIS

1280A

C/ FERRAZ, 41

Tfno.: Fax:

N.I.G. 28000 1 2100082 /2012

Rollo: RECURSO DE APELACION 489 /2010

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1277 /2007

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14 de MADRID

Ponente: D. RAFAEL CARNICERO GIMÉNEZ DE AZCÁRATE

E

De: Teodora

Procurador: MARTA DOLORES MARTINEZ TRIPIANA

Contra: C.P. CALLE DIRECCION000, N- NUM000 DE MADRID

Procurador: PABLO TRUJILLO CASTELLANO

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.: JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GRECIANO

D. RAFAEL CARNICERO GIMÉNEZ DE AZCÁRATE

D. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO

En MADRID, a veinticuatro de mayo de dos mil doce. La Sección Vigésimoprimera Bis de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario nº 1277/07, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 14 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante Dª. Teodora, y de otra, como apelado COMUNIDAD PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL CARNICERO GIMÉNEZ DE AZCÁRATE.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 14 de Madrid, en fecha 9 de marzo de 2010, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. PABLO TRUJILLO CASTELLANO en nombre de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 NUMERO NUM000 DE MADRID contra Dª Teodora, en la persona de su representante legal Dª. ANGELA FERREIRO FERREIRO, debo condenar y condeno a esta demandada, a permitir el acceso al patio nº NUM001 de la c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, propiedad de Doña Teodora, a la Comunidad de Propietarios de la c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, con el personal y materiales que fueran necesarios para la ejecución de las obras que se están llevando a cabo en el edificio y a realizar en ella los trabajos que al efecto fueran precisos, durante el tiempo que dure la ejecución de la obra, con imposición a dicha demandada de las costas causadas en este procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 28 de marzo de 2012, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 24 de mayo de 2012.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se ratifican expresamente y se dan por reproducidos los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

La Comunidad de Propietarios actora ejercitó acción al amparo del artículo 9 LPH, en virtud del cual son obligaciones de cada propietario consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.

Fundamentó su acción en que la Comunidad de propietarios se encuentra acometiendo unas obras de rehabilitación que tienen su origen en las órdenes de reparación de determinadas deficiencias, dadas por la Gerencia de Urbanismo municipal desde octubre de 1998, y se han venido acordando en diversas juntas, y que la propietaria demandada ha venido impidiendo la normal consecución de las mismas, siendo necesario para su realización acceder al patio número...

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