STSJ Galicia 646/2012, 23 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha23 Mayo 2012
Número de resolución646/2012

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00646/2012

PONENTE: D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7874/2009

RECURRENTE: Plácido

ADMINISTRACION DEMANDADA:MINISTERIO DE FOMENTO

CODEMANDADA:ASBURY PARK S.A.R.L. ; BANCO POPULAR ESPAÑOL

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS :

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

BLANCA MARIA FERNANDEZ CONDE

En A CORUÑA, a veintitrés de Mayo de dos mil doce.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0007874 /2009 interpuesto por el Procurador/Letrado PROCURADOR D/Dña. MARIA IRENE CABRERA RODRIGUEZ y dirigido por el LETRADO D. JOSE LUIS PRIETO FLORES en nombre y representación de Plácido contra Desestimación

P. por silencio administrativo del recurso alzada contra resolución denegatoria de pago referente fincas n. NUM000 - NUM001, afectadas por Obra Acondicionamiento Ampliación Plataforma CN-VI, de Madrid A Coruña. Tramo El Pasaje -Os Castros. Exp. NUM002 . Comparece como parte demandada MINISTERIO DE FOMENTO dirigido por ABOGADO DEL ESTADO. Ha sido parte codemandada BANCO POPULAR ESPAÑOL,; Y ASBURY PARK, S.A.R.L., representadas por el PROCURADOR Dª. EVA Mª FERNANDEZ DIEGUEZ y Dª. PILAR CASTRO REY y dirigidos por el LETRADO Dª. ARANCHA NAVARRO DACAL y D. PABLO BARATA MARTINEZ.

Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ.

HECHOS
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinente, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 16 de mayo de 2012, fecha en la que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo determinada en 116.079 euros

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La resolución objeto del es la desestimación por silencio administrativo negativo del recurso de alzada interpuesto ante la Dirección General de Carreteras contra la resolución denegatoria de pago de justiprecio e intereses de demora de las fincas NUM000 y NUM001 expropiadas en el t.m. de a Coruña con motivo de las obras de acondicionamiento y ampliación de la plataforma CN-VI de Madrid a Coruña (tramo El pasaje- os Castros).

Frente a esta resolución se alza la parte actora en base a los hechos y fundamentos de derecho expuestos en su escrito de demanda en la que suplica se deje sin efecto la resolución impugnada y se condene a la Administración demandada al abono de la cantidad que reclama.

La Administraciones demandada y las mercantiles codemandadas se oponen a tal pretensión, estimando que...

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