STSJ Andalucía 1984/2010, 8 de Septiembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1984/2010
Fecha08 Septiembre 2010

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

SENT. NÚM. 1984/10

M.H.

ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTÍN

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSE VILLAR DEL MORAL

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a ocho de septiembre de dos mil diez

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1408/10, interpuesto por Noemi contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 DE ALMERIA en fecha 11 de marzo de 2010 en Autos núm. 422/09, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JOSE VILLAR DEL MORAL .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Noemi en reclamación sobre DESEMPLEO contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 11 de marzo de 2010, por la que se desestimó la demanda interpuesta, absolviendo a la demandada de las peticiones contenidas en la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La actora, Noemi, fue despedida tras la intervención judicial de la empresa en la que prestaba sus servicios, reconociéndose la improcedencia del despido de que fue objeto en virtud de sentencia que declaraba la extinción de la relación laboral con fecha de 27.07.07 y condenaba a la empresa demandada al abono de los salarios de tramitación por el período comprendido entre la fecha del despido, 4.01.07 y la de la extinción contractual de 27.07.07.

SEGUNDO

Ante el impago por parte de la empresa de los salarios de tramitación, FOGASA abonó a la actora los salarios de tramitación por el período comprendido desde el 4-01.07 al 22.04.07 (150 días)

TERCERO

La actora percibió prestaciones por desempleo en el período comprendido entre el 4.01.07 y el 27.07.07.

CUARTO

Por parte del Servicio Público de empleo Estatal le fue reclamada a la actora la devolución de la suma de 6.413,48 euros, en concepto de prestaciones por desempleo indebidamente percibidas por el período comprendido desde el 4.01.07 al 27.07.07.

QUINTO

Contra dicha resolución la actora interpuso reclamación previa que fue desestimada mediante resolución de fecha 19 de febrero de 2009.

SEXTO

La base reguladora diaria de la actora es de 99,87 euros.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Noemi, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que desestimaba la demanda y confirmaba la resolución administrativa que acordaba el reintegro por parte de la demandante de 6413.48 euros en concepto de prestaciones de desempleo abonadas por el periodo 1/1/2007 al 27/7/2007, habiendo sido despedida el 4/1/2007 y extinguida la relación laboral el 27/7/2007 y habiendo obtenido por parte del FOGASA el abono de salarios de trámite por el periodo 4/1/2007 al 22/4/2007, se alza la actora, solicitando en un primer motivo y al amparo de la letra b del art 191 de la LPL, que en el hecho probado 2º se sustituya el número de días por el que percibió salarios de trámite del Fogasa, ya que no es el de 150 días sino de 109, a lo que debe accederse, al tratarse de un simple error aritmético de cuenta en el...

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