STSJ Comunidad de Madrid 810/2010, 22 de Septiembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución810/2010
Fecha22 Septiembre 2010

RSU 0002739/2010

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00810/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2010 0040658, MODELO: 40225

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002739 /2010

Materia: PROCESOS POR DESEMPLEO

Recurrente/s: Jose Francisco

Recurrido/s: SERVICIO ESTATAL DE EMPLEO SPEE

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 31 de MADRID de DEMANDA 0001634 /2009 DEMANDA 0001634

/2009

Sentencia número: 810/2010-AC

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

PRESIDENTE

EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA

MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

En MADRID, a veintidós de Septiembre de dos mil diez, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 003 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados/as, de acuerdo con lo

prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A en el RECURSO SUPLICACION 2739/2010, formalizado por el Sr. Letrado D. AUGUSTO BLANCO SANCHA, en nombre y representación de Jose Francisco, contra la sentencia de fecha 16/02/2010, dictada por JDO. DE LO SOCIAL nº 31 de MADRID en sus autos número DEMANDA 1634/2009, seguidos a instancia de Jose Francisco frente a SERVICIO ESTATAL DE EMPLEO SPEE, en reclamación por PROCESOS POR DESEMPLEO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"1)- La parte actora Jose Francisco, con DNI nº NUM000, había prestado sus servicios para la empresa Gesfecon S.L. hasta el 29-9-06, fecha que se extinguió la relación laboral y comenzó a percibir la prestación de desempleo con una base reguladora de 95,08 euros/día y con un tipo de 170%.

2)- La entidad gestora le había reconocido un periodo de 720 días, de los cuales sólo consumió 24 días por comenzar a prestar servicios en otra empresa, suspendiéndose la prestación reconocida.

3)- El actor comenzó a prestar servicios para la empresa Pedralbes S.A. desde el 24-10-06 hasta el 3-2-09, optó por seguir percibiendo la prestación que tenía suspendida.

4)- El actor solicitó de nuevo al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO la prestación de desempleo, y en fecha 11-2-09 optó por seguir percibiendo la prestación que tenía suspendida.

5)- La entidad demandada le ha reconocido la prestación con una base reguladora de 95,08 euros/día un porcentaje máximo del 170% sobre el IPREM correspondiente a la fecha de la prestación suspendida.

6)- La entidad gestora no le ha abonado la prestación durante el mes de febrero de 2009 por un periodo de 27 días.

Para el caso que se estime que se debe aplicar el porcentaje y cuantía de la prestación anteriormente reconocida le correspondería una cuantía durante este periodo de 880,20 euros brutos.

7)- El actor pretende que se le aplique una cuantía diaria inicial de 66,56 euros, reclamando por dicho concepto la cantidad mensual bruta de 1076,44 euros/mes, siendo en concreto las cantidades reclamadas las siguientes:

- febrero de 2009 (27 días): 9687,80 euros

- de marzo a agosto: 6.458,64 euros

- septiembre (23 días)_ 825,27 euros

Del total que se reclama, se debe descontar la cantidad de 5.941,06 euros abonada por el S.P.E.E.

8)- No estando conforme la parte actora con dicha resolución, interpuso reclamación previa y con fecha 23-12-09 el INEM dictó resolución desestimatoria."

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que estimando parcialmente la demanda de desempleo interpuesta por Dº Jose Francisco frente al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO debo DECLARAR Y DECLARO el derecho de la actora a percibir la PRESTACIÓN DE DESEMPLEO en la cuantía de 880,20 euros brutos correspondiente a 27 días del mes de febrero de 2009, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la presente resolución."

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha...

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