SAP Madrid 806/2010, 22 de Septiembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución806/2010
Fecha22 Septiembre 2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEPTIMA

ROLLO DE APELACIÓN: R.P. 195/10

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Penal nº 10 de MADRID

Proc. Origen: JUICIO ORAL 494/08

SENTENCIA Nº 806/2010

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS:

Dª. Ángela Acevedo Frías.

Dª. Maria Teresa García Quesada

Dª. Ana Rosa Núñez Galán

En Madrid, a veintidós de septiembre de dos mil diez.

VISTO, por esta Sección Séptima de esta Audiencia Provincial en la causa instruida en el RP 195/10, el recurso de apelación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL y por el Procurador D. Juan Antonio Ortega Sánchez en nombre y representación de Cornelio, contra la sentencia de fecha 7 de abril de 2010 dictada por el Juzgado Penal nº 10 de Madrid ; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente, a través de su representación procesal y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Ana Rosa Núñez Galán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Magistrada del Juzgado de lo Penal nº 10 de Madrid en el procedimiento que mas arriba se indica se dictó sentencia en fecha 7 de abril de 2010 cuyo fallo establece: "Que debo absolver y absuelvo a Cornelio de los delitos de violencia doméstica habitual, amenazas y maltrato de obra de los que venía siendo acusado, declarándose de oficio la parte de las costas procesales causadas de estos concretos delitos.

Que debo condenar y condeno al acusado Cornelio ya circunstanciado, como autor penalmente responsable de un delito de resistencia, ya definido, en concurso ideal con una falta de lesiones; a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena.

Asimismo, se le condena también como autor penalmente responsable de dos faltas de lesiones a la pena de cincuenta días de multa con una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 150 (ciento cincuenta) euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas; y al ago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el Ministerio Fiscal y por la representación procesal de Cornelio se interpuso recurso de apelación que formalizaron exponiendo los motivos que obran en los escritos unidos a la causa.

TERCERO

Dado traslado de los escritos de formalización de los recursos por el Ministerio Fiscal se impugnó el formulado por la representación procesal de Cornelio .

CUARTO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló fecha para deliberación y votación del recurso interpuesto.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid por la que se condena a Cornelio como autor de un delito de resistencia en concurso con una falta de lesiones y dos faltas de lesiones, se alza en apelación por un lado el Ministerio Fiscal, quien alega la infracción de ley por inaplicación del artículo 550 y 551. 1 del Código Penal, así como también recurre su representación procesal por vulneración del principio de cosa juzgada y "non bis in idem" consagrado en el artículo 24 y 25 de la Constitución Española.

Centrando en los anteriores términos el objeto de cada uno de los recursos planteados, ambos van a ser desestimados.

En primer lugar, analizaremos la tesis de la defensa respecto a la excepción de cosa juzgada, que fue resuelta por la Juez sentenciadora al resolver la cuestión previa planteada a este respecto, entendiendo que no existía la misma...

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