SAP Granada 346/2010, 21 de Septiembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución346/2010
Fecha21 Septiembre 2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº 265/10 - AUTOS Nº 2111/08

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 8 DE GRANADA

ASUNTO: OPOSICION A J. CAMBIARIO

PONENTE SRA. Mª CRISTINA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ

S E N T E N C I A Nº 3 4 6

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ REQUENA PAREDES

MAGISTRADOS

D. ENRIQUE PINAZO TOBES

Dª Mª CRISTINA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ

En la Ciudad de Granada, a veintiuno de septiembre de dos mil diez.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 265/10- los autos de Oposicion a Cambiario nº 2.111/08, del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Granada, seguidos en virtud de demanda de Banco Pastor, S.A., contra D. Demetrio .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha veintitrés de Diciembre de dos mil nueve, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la oposición formulada por la Procuradora Dña. María Luisa Labella Medina en nombre y representación de D. Demetrio frente a la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Inmaculada Rodríguez Simón en nombre y representación de la entidad Banco Pastor S.A. debo despachar y despacho ejecución contra la primera por las cantidades ya establecidas en concepto de principal, intereses y costas por auto de 13 de enero de 2009, con imposición a la parte demandante de la oposición de las costas devengadas en la misma.".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, oponiéndose la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por este Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Suplente Dª Mª CRISTINA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Formulada por la parte actora la acción directa cambiaria en reclamación del importe impagado de los efectos, intereses correspondientes y gastos generados; el demandado dedujo demanda de oposición alegando falta de legitimación pasiva, ya que la firma que consta en los pagarés fue puesta en su condición de administrador, siendo ajeno por tanto a la declaración cambiaria de la que debe responder la sociedad que representa.

La sentencia de instancia desestimó la oposición, formulada y frente a esta resolución la demandada interpone recurso de apelación reiterando los argumentos ya expuestos con anterioridad en su momento; alega la recurrente inapreciación y valoración incorrecta de prueba e incorrecta aplicación de las normas y jurisprudencia.

Por la parte actora se formula oposición al recurso.

SEGUNDO

Decíamos en nuestra sentencia de 16 de febrero de 2007, con cita en las sentencias de SAP de Badajoz (Sección 3ª) de 22 de diciembre de 2005 y SAP de Madrid (Sección 12ª) de 2 de febrero de 2006 que el art. 9 de la Ley Cambiaria y del Cheque contempla dos situaciones: la de representación voluntaria y por poder y la de representación orgánica de las Compañías mercantiles, que se entiende deferida por el sólo hecho de nombramiento de administradores, sin necesidad de poder especial. Sin embargo, ello, en modo alguno significa que no deba expresar en la antefirma, en uno y otro caso, la persona por quien se actúa, para que ésta quede obligada por tal declaración. En otros...

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