SAP Huelva 233/2007, 22 de Noviembre de 2007

PonenteJOSE MARIA MENDEZ BURGUILLO
ECLIES:APH:2007:771
Número de Recurso13/2007/
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución233/2007
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 3ª

233/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

HUELVA

PENAL-JUICIO ORAL

Procedimiento Abreviado nº 13/2007

Juzgado de Instrucción nº 2 de

Moguer

(D. Previas nº 943/2006)

S E N T E N C I A NUM

Iltmos Sres:

Presidente:

Don José María Méndez Burguillo

Magistrados:

Don Antonio G. Pontón Práxedes

Don Francisco Bellido Soria

En la ciudad de Huelva, a veintidós de noviembre de dos mil siete.

Esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados anotados al margen bajo la Ponencia del Iltmo. Sr. Don José María Méndez Burguillo, ha visto en juicio oral y público, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Moguer, seguida por el Procedimiento Abreviado y delito contra la salud pública, contra Juan Miguel, mayor de edad, indocumentado. Según manifiesta nacido en Tánger (Marruecos), el día 3 de junio de 1.976, hijo de Maimoe y Saida, con domicilio en Tánger (Marruecos), calle DIRECCION000 nº NUM000, sin documentación. Según informe de la Policía Judicial acerca de las identidades utilizadas por el detenido Juan Miguel, éste se ha identificado en otras detenciones como Luis Alberto, con NIE nº NUM001, Jose Pedro, o Marcos, con tarjeta de identidad marroquí nº NUM002.

No le constan antecedentes penales y permanece en prisión provisional por esta causa.

Proceso penal en que son partes el Ministerio Fiscal, el acusado defendido por el Letrado D. Enrique Rojo Alonso de Caso, y representado por la Procuradora Dª Pilar Moreno Cabezas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Incoadas Diligencias Previas por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Moguer y continuada su tramitación por el Procedimiento Abreviado, el Ministerio Fiscal formuló acusación contra Juan Miguel.

SEGUNDO

Presentado escrito de defensa por la representación del acusado y remitida la causa a esta Audiencia Provincial para el enjuiciamiento de los hechos, se admitieron las pruebas propuestas por las partes reputadas pertinentes y se señaló el acto del juicio oral para el día 21 de noviembre de 2007, en cuya fecha ha tenido lugar con el resultado que consta en acta, quedando el juicio visto para sentencia.

TERCERO

En dicho acto el Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que no causan daño a la salud previsto y penado en los artículos 368 y 370, del Código Penal, estimando criminalmente responsable del mismo en concepto de autores al acusado Juan Miguel, y no invocó circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. Solicitó se le impusieran las penas de cinco años de prisión y multas de cinco millones de euros (5.000.000'00 €) y tres millones de euros (3.000.000'00 €), con las accesorias correspondientes y pago de costas, interesando en cuanto a la responsabilidad civil que se formase la correspondiente pieza.

CUARTO

En el mismo trámite la defensa calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño a la salud y de notoria importancia pero concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas y de drogadicción solicitando un año y medio de prisión y multa por el valor de la droga con diez días de responsabilidad personal subsidiaria por impago.

HECHOS PROBADOS

En la noche del día 7 de mayo de 2006, el acusado Juan Miguel mayor de edad, sin antecedentes penales y en situación de estancia irregular en territorio nacional, en unión y bajo la dirección de otras personas cuya identidad no ha podido ser determinada, se concertó en la Playa de Rompeculos de la localidad de Mazagón.

Una vez llegó al lugar escogido, ya sobre las 23:00 horas, arribó en la orilla una embarcación semirrígida que le hizo entrega de un total de 64 fardos en cuyo interior se halló una sustancia que, convenientemente analizada, resultó ser hachís, con un peso neto de 1.943'3 Kilogramos, con una pureza del principio activo que oscilaba entre el 17'27% y el 7'13%, y ha sido valorada en 2.822.600 €.

Cuando se hallaba finalizando la descarga de los bultos, hicieron acto de presencia agentes de la Guardia Civil que habían realizado la vigilancia y seguimiento de la operación siendo detenido en el momento el acusado Juan Miguel, y días después el acusado Jose Luis, a quien no le afecta la presente resolución.

El acusado transportaba la referida sustancia, que se halla incluída en las listas de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1.961, con la finalidad de transmitirla ilegalmente a terceras personas.

Los agentes se incautaron de diversa ropa que se hallaba en bolsas y de 30 euros que dejaron los no identificados y de un teléfono móvil propiedad de Juan Miguel.

Por auto de fecha 9 de mayo...

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