AAP Granada 141/2010, 7 de Octubre de 2010

PonenteJOSE REQUENA PAREDES
ECLIES:APGR:2010:828A
Número de Recurso419/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución141/2010
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº 419/10 - AUTOS Nº 1.192/08

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE GRANADA

ASUNTO: EJECUCIÓN HIPOTECARIA

PONENTE SR. JOSÉ REQUENA PAREDES.

A U T O N º 141

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ REQUENA PAREDES

MAGISTRADOS

D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT

D. ENRIQUE PINAZO TOBES

En la Ciudad de Granada, a siete de octubre de dos mil diez.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 419/10-, los autos de Ejecución Hipotecaria nº 1.192/08 del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Granada, seguidos en virtud de demanda de BBVA, S.A. contra Dña. Amalia, D. Juan Manuel, D. Cecilio, Dña. Hortensia, D. Heraclio y Dña. Teodora .

H E C H O S
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó auto en fecha 2 de junio de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se admite a trámite la demanda presentada Dña. Hortensia, frente a Junta de Andalucia. Consejeria de Justicia y Admon Publica Granada, sobre solicitud de asistencia Juridica Gratuita, que se sustanciará por las reglas del juicio verbal."

SEGUNDO

Que contra dicho auto se interpuso recurso de apelación por los demandados Dña. Amalia y D. Juan Manuel, oponiéndose la parte la parte contraria, y no oponiéndose el resto de demandados; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por este Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ REQUENA PAREDES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de la apelación es muy simple. La objeción de falta de legitimación pasiva opuesta por uno de los grupos de avalistas en la escritura de préstamo hipotecario para ser parte en el proceso de ejecución hipotecaria. Excepción, además, aceptada por la ejecutante y por el juzgado pero sin plasmar sus consecuencias en el fallo de su resolución y manteniendo el despacho de ejecución contra los fiadores sin más base que entenderlo práctica procesal habitual y garantista de sus derechos de defensa cuando su llamada a este proceso y el haber de soportar la ejecución ni era posible ni procedente.

Esta Sala ya señaló, entre otros, en Auto de 6 de febrero de 2009, que la demanda de ejecución hipotecaria para la realización del bien que garantiza la deuda sólo puede ir dirigida, según se desprende de los arts. 682, 550, 573 y 574 LEC, y como acción real que es, contra los deudores hipotecarios (prestatarios) por ser los únicos legitimados pasivamente para soportar este procedimiento de ejecución y, en su caso, de concurrir sus presupuestos o su existencia, contra el hipotecante no deudor y/o el tercer poseedor, lo que excluye en cualquier otro caso, a los avalistas que no estén en ninguno de estos dos grupos, de la consideración de parte, y razón por la que la Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
6 sentencias
  • AAP Almería 29/2023, 24 de Enero de 2023
    • España
    • 24 Enero 2023
    ...no son parte legitima en la ejecución. Además, tiene dicho esta Audiencia, entre otras AAP de Almería de 12-3-2015, y siguiendo el AAP de Granada de 7-10-2010, que la demanda de ejecución hipotecaria para la realización del bien que garantiza la deuda sólo puede ir dirigida, según se despre......
  • AAP Almería 60/2017, 14 de Febrero de 2017
    • España
    • 14 Febrero 2017
    ...defectos procesales. En segundo lugar, como tiene dicho esta Audiencia, entre otras AAP de Almería de 12-3-2015, y siguiendo el AAP de Granada de 7-10-2010, que la demanda de ejecución hipotecaria para la realización del bien que garantiza la deuda sólo puede ir dirigida, según se desprende......
  • AAP Almería 157/2017, 18 de Abril de 2017
    • España
    • 18 Abril 2017
    ...decíamos al respecto lo siguiente: " ... como tiene dicho esta Audiencia, entre otras AAP de Almería de 12-3-2015, y siguiendo el AAP de Granada de 7-10-2010, que la demanda de ejecución hipotecaria para la realización del bien que garantiza la deuda sólo puede ir dirigida, según se despren......
  • AAP Barcelona 143/2015, 11 de Mayo de 2015
    • España
    • 11 Mayo 2015
    ...solidarios dada la jurisprudencia existente contraria a tal pronunciamiento (entre otras, AAP Granada, Secc.3ª, 6 febrero 2009 y 7 de octubre 2010; AAP Madrid, Secc.25ª, 7 junio 2011; AAP Zaragoza, Secc.4ª, 16 diciembre 2010; AAP Barcelona, Secc.1ª, 23 febrero 2010 y 30 septiembre 2013; AAP......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR