SAP Cuenca 243/2010, 13 de Diciembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución243/2010
Fecha13 Diciembre 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00243/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

CUENCA

Apelación Civil Rollo nº 181/2010

Juicio Verbal nº 471/2009

Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Tarancón

SENTENCIA NUM. 243/2010

En la ciudad de Cuenca, a trece de diciembre de dos mil diez.

Vistos por el Magistrado de esta Audiencia Provincial Ilmo. Sr. D. Ernesto Casado Delgado, los autos de Juicio Verbal nº 471/2009 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de los de Tarancón y su Partido, promovidos a instancia de D. Pedro Jesús, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Sonia Espí Romero y asistido por la letrada Dª. Concepción Bru Rubito, contra D. Anibal, Dª. Gema, Dª. Leonor, representados por el Procurador de los Tribunales D. Ricardo Díaz-Regañón Fuentes y asistidos por el Letrado D. Alberto Martín García, D. Conrado, en rebeldía procesal, y Dª. Petra, sobre acción constitutiva de servidumbre de paso; en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Dª. Leonor contra la sentencia dictada en primera instancia de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil nueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En los autos indicados al margen se dictó sentencia de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, cuyo Fallo es del siguiente tenor: "Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Sonia Espí Romero, en representación de D. Pedro Jesús, contra D. Anibal, Dª. Gema, Dª. Leonor

, representados por el Procurador de los Tribunales D. Ricardo Díaz-Regañón Fuentes, D. Conrado, en rebeldía procesal,y Dª. Petra, condenando a los demandados a constituir la siguiente servidumbre de paso desde el Camino del Carellano a la finca del actor, parcela NUM000 del polígono NUM001, discurriendo sobre el deslinde de las parcelas nº NUM002 y NUM003 hasta el punto de deslinde de éstas últimas con la parcela NUM004, continuando desde este punto a lo largo del deslinde de las parcelas nº NUM003 y NUM004, siendo necesario una anchura para el acceso de cuatro metros, afectando por mitad, es decir dos metros, a cada una de las parcelas linderas, fijando el importe de la indemnización exigida en la cantidad de 530,10 #. Asimismo, se condena a los demandados al abono de las costas procesales".

Segundo

Contra la anterior sentencia se preparó y después interpuso por Don Ricardo Díaz-Regañón Fuentes, Procurador de los Tribunales y de Dª. Leonor recurso de apelación por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó suplicando de la Sala se dicte sentencia poro la que se revoque la de instancia y se absuelva a sus representados, desestimando la demanda, con expresa condena en costas a la parte actora en las dos instancias.

Tercero

Admitido a trámite el recurso de apelación y conferido traslado a la contraparte, por la representación procesal de D. Pedro Jesús se presentó escrito oponiéndose al recurso interpuesto.

Cuarto

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, se procedió a formar el correspondiente Rollo asignándole el nº 181/2010, se turnó al Magistrado Ilmo. Sr. D. Ernesto Casado Delgado y se señaló para la resolución del recurso el día nueve de diciembre del año en curso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los que se contienen en la resolución recurrida.

Primero

Del examen de lo actuado resulta:

- En la presente causa se dictó sentencia de fecha 31 de diciembre de 2009 y la misma se notificó (vía lex-net) al Procurador Sr. Díaz Regañón Fuentes en fecha 19/01/2010.

- Por el reseñado Procurador, en nombre y representación de Dª. Leonor, se presentó en el Decanato escrito anunciando el...

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