SAP A Coruña 76/2012, 23 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución76/2012
Fecha23 Febrero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

A CORUÑA

SENTENCIA: 00076/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION QUINTA

A CORUÑA

Rollo: 346/11

Proc. Origen: Juicio Verbal Desahucio en Precario núm. 187/10

Juzgado de Procedencia: 1ª Instancia núm. 1 de Ferrol

Deliberación el día: 31 de Enero de 2012

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente:

SENTENCIA Nº 76/2012

Ilmos. Sres. Magistrados:

MANUEL CONDE NUÑEZ

JULIO TASENDE CALVO

DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARÍA

En A CORUÑA, a veintitrés de febrero de dos mil doce.

En el recurso de apelación civil número 346/11, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Ferrol, en Juicio Verbal de Desahucio por Precario núm. 187/10, siendo la cuantía del procedimiento 27.155,81 euros, seguido entre partes: Como APELANTE: D. Jose Luis,, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Sánchez González; como APELADO: Dª Socorro .- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON MANUEL CONDE NUÑEZ.-

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ferrol, con fecha 21 de mayo de 2010, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:

"Se estima la demanda presenta por la procuradora Sra. García García, en nombre y representación de DOÑA Socorro, frente a D. Jose Luis, declarando que el demandado ocupa la vivienda sita en Ferrol en la antes denominada CALLE000, ahora CALLE001, en el POLÍGONO000, en el piso NUM000 del Edificio NUM001 Unidad Vecinal NUM002 del bloque NUM003, en situación de precario, con apercibimiento al Sr. Jose Luis de que tendrá lugar su lanzamiento si no procede al desalojo de la vivienda dentro del plazo legal.

Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada. "

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por el demandado que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 31 de enero de 2012, fecha en la que tuvo lugar.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

I.- La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Ferrol, de fecha 21 de mayo de 2010, acordó en su parte dispositiva la estimación de la demanda presentada por la representación procesal de Doña Socorro frente a Don Jose Luis, declarando que el demandado ocupa la vivienda sita en Ferrol en la antes denominada CALLE000, ahora CALLE001, en el POLÍGONO000, en el piso NUM000 del edificio NUM001 de la unidad vecinal del Bloque NUM003, en situación de precario, con apercibimiento al Sr. Jose Luis de que tendrá lugar su lanzamiento si no procede al desalojo de la vivienda dentro del plazo legal. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

En los fundamentos de derecho de la referida resolución se hacen constar las razones que conducen a su parte dispositiva, y, en concreto, las siguientes:

"Primero.- En la demanda formulada por la representante procesal de Doña Socorro se expone que es propietaria de la vivienda sita en Ferrol en la antes denominada CALLE000, ahora CALLE001, en el POLÍGONO000, en el piso NUM000 del edificio NUM001 Unidad Vecina NUM002 del bloque NUM003

, y que el demandado ocupa la misma careciendo de título para ello, por lo que interesa que se declare la ocupación de la vivienda en situación de precario, oponiéndose el Sr. Jose Luis a la pretensión deducida de adverso alegando la existencia de un acuerdo en virtud del cual tiene el uso del inmueble a cambio de hacerse cargo de los gastos. "

"Segundo.- El desahucio en precario, a falta de regulación legal, se ha ido elaborando por la...

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