SAP Orense 141/2012, 19 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución141/2012
Fecha19 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OURENSE

SENTENCIA: 00141/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OURENSE

- Domicilio: PZA. CONCEPCION ARENAL, 1

Telf: 988687072/988687068

Fax: 988687075

Modelo: N54550

N.I.G.: 32054 43 2 2011 0007265

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000160 /2012- T

Juzgado procedencia: XDO.INSTRUCION N.3 de OURENSE

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000602 /2011

RECURRENTE: Ambrosio

Procurador/a:

Letrado/a: MARIANO GUNDIN FERNANDEZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL, Adela

Procurador/a:, ANGEL SOTO PEREZ

Letrado/a:, EDUARDO PEREZ MAZAIRA

Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000160 /2012

SENTENCIA nº 141/12

Ilma. Sra. MAGISTRADA Dña. AMPARO LOMO DEL OLMO.

En OURENSE, a diecinueve de Marzo de dos mil doce.

La Sala 002 de la Audiencia Provincial de OURENSE ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas nº 602/11 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Ourense, Rollo de apelación 160/12, siendo las partes en esta instancia, como apelante Ambrosio, asistido por el Letrado MARIANO GUNDÍN FERNÁNDEZ, y como apelados, Adela, representada por el Procurador ÁNGEL SOTO PÉREZ y asistida por el Letrado EDUARDO PÉREZ MAZAIRA, y el MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia. Sobre daños.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Juez de Juzgado de Instrucción nº 3 de Ourense, con fecha 8 de noviembre de 2011 dictó sentencia en el Juicio de Faltas nº 602/11 del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:

ÚNICO.- Se declara probado: Que el denunciado Ambrosio provocó daños en la tubería de la denunciante en la nave industrial sita en C/ Do Cañizo nº 3, Seixalvo (Ourense) cuya reparación ascendió a 342,79 euros.

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

"Que debo condenar y condeno a razón al acusado Ambrosio como autor de una falta de Daños, a la pena de multa de 10 días de multa, con una cuota diaria de 3 euros, y así al pago de las costas procesales, y en razón de la responsabilidad civil, el condenado indemnizará a la denunciante-perjudicada, Adela en la cantidad de 342,79 euros."

TERCERO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la defensa de Ambrosio, que fue admitido en ambos efectos e impugnado por el Ministerio Fiscal y por la representación procesal de Adela, y practicadas las diligencias oportunas, las actuaciones fueron elevadas a este Tribunal, donde se registraron, se formó rollo de Sala y se turnaron de ponencia.

No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos...

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