ATSJ Cataluña , 16 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Febrero 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

Sala Civil y Penal

R. Casación núm. 188/2011

A U T O

Presidente:

Excmo. Sr. D. Miguel Angel Gimeno Jubero

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. José Francisco Valls Gombau

Ilmo. Sr. D. Enric Anglada i Fors

Barcelona, 16 de febrero de 2012.

Dada cuenta; presentados los anteriores escritos de los procuradores Sra. Eulalia Rigol Trullols y Sr. Joan Josep Cucala i Puig únanse a las actuaciones; y,

HECHOS

Único. Por la procuradora Sra. Eulalia Rigol Trullols en representación de Fabio y María se interpuso recurso de casación contra la Sentencia de fecha 23 de septiembre de 2011 dictada por la Sección 1a de la Audiencia Provincial de Girona en el rollo de apelación núm. 357/11 . Por providencia de fecha 19 de enero de 2012 se dio traslado a las partes sobre la posible causa de inadmisión del recurso interpuesto, habiendo efectuado las alegaciones que han considerado oportunas.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. José Francisco Valls Gombau.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el escrito de preparación del recurso de casación que se formula por interés casacional ( art. 477. 2. 3 LEC ) se citan como preceptos infringidos:

El art. 544- 8 del Libro Quinto del Código Civil de Catalunya (CCCat, en adelante) en relación con el art. 553-26 CCCat. En este motivo, se fija el núcleo jurídico o problema litigioso del interés casacional en los siguientes términos: Se vulnera el art. 553-26 CCCat en cuanto se otorgan unos derechos dominicales a la propiedad privada y al derecho a su cierre en la forma prevista en el art. 544-8 CCCat, sin que se afecten a las servidumbres constituidas, cuando no se permite el levantamiento de un muro y el cierre de una plaza de parking, y

El art. 553-37 CCCat en relación con el art. 553-41 CCCat, puesto que el ejercicio de las facultades del derecho de propiedad del recurrente, quedan privadas. Y si, como sucede en autos, el garaje por su configuración se encuentra integrado por diferentes locales destinados a plaza de aparcamiento, no es un elemento común más allá de la comunidad de propietarios de la que forma parte, y las obras y disposiciones de la plaza-local de garaje es un elemento privativo al que resulta de aplicación el art. 553-37 CCCat.

SEGUNDO

Por providencia de 19 de enero de 2012 se da traslado a las partes, a los efectos de una posible inadmisión del recurso, en tanto no existe núcleo jurídico que conforma el interés casacional, al hacer supuesto de la cuestión, puesto que la recurrente, en contra de lo declarado probado en la sentencia recurrida, afirma que: (a) Se trata de elementos privativos (plaza de parking) y su cierre no incide en elementos comunes, y (b) La obra no altera la configuración de un elemento (común) como es el garaje.

Por tanto, lo que se puso de relieve en la citada providencia es que la recurrente parte de un supuesto de hecho no contemplado en la sentencia recurrida como es la no afectación de elementos comunes y que la obra realizada no altera su configuración.

Fijado el debate de inadmisión, en estos términos, ha de hacerse notar que la sentencia recurrida en su fundamento jurídico segundo declara que:

" .. La obra de cerramiento parcial de las plazas de parking de las que es titular la demanda, no sabemos si afecta a elementos estructurales de edificio, pero indiscutiblemente modifica la configuración del parking e incluso a elementos comunes, ya que la misma parte en el acto de la vista reconoció que se había cambiado la cerradura de una puerta que da acceso a las instalaciones de la sala de máquinas.. Por ello su realización lícita hubiera requerido .... de expresa autorización en el título constitutivo ... (o) acuerdo favorable de la Junta de Propietarios, requisitos ninguno de los cuales concurre en el caso de autos... Por ello tiene razón la recurrente cuando argumenta que la comunidad nunca autorizó en su momento la instalación de la pared de cierre.. ( y se añade) Porque en definitiva lo que pretende (el actor) es mantener inalterados los elementos comunes del edificio y no se le puede negar interés legítimo a tales efectos ...".

TERCERO

De conformidad con lo expuesto precedentemente, resulta patente y notorio que de los hechos probados declarados en la sentencia recurrida resulta que el muro alzado en el parking afecta a elementos comunes. Al levantamiento de una pared de cierre entre las líneas divisorios de una plaza de parking (que forma parte de la propiedad horizontal, con...

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