STSJ Comunidad de Madrid 739/2011, 14 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Noviembre 2011
Número de resolución739/2011

RSU 0002960/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00739/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.493.19.46

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 2960-11

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 37 de, MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 1150-10

RECURRENTE/S: Jose Pablo

RECURRIDO/S: RESTAURANTE EL SECRETO PROYECTOS INMOBILIARIOS DARU NAPER SL Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID a catorce de Noviembre de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 739 En el recurso de suplicación nº 2960-11 interpuesto por el Letrado BERTA DIAZ GARCIA en nombre y representación de Jose Pablo, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 37 de los de MADRID, de fecha 15.02.11, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 1150-10 del Juzgado de lo Social nº 37 de los de Madrid, se presentó demanda por Jose Pablo contra, RESTAURANTE EL SECRETO PROYECTOS INMOBILIARIOS DARU NAPER SL Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL en reclamación de DESPIDO y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 15.02.11 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda formulada por D/ña. Jose Pablo frente a RESTAURANTE EL SECRETO, PROYECTOS INMOBILIARIOS DARU NAPER, S.L debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

Que con fecha 30/07/2010 se formula demanda por D/ña Jose Pablo frente a la empresa RESTAURANTE EL SECRETO, PROYECTOS INMOBILIARIOS DARU NAPER, SL solicitando la declaración de improcedencia del despido verbal que afirma haberse producido en julio de 2010.

SEGUNDO

La empresa demandada figura en situación de baja en la Seguridad Social desde el 13/06/2010 (documental de Fogasa).

TERCERO

Se agotó el intento conciliatorio previo.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación el actor contra la sentencia de instancia, que ha desestimado su demanda de despido, al no considerar acreditada la relación laboral ni el despido verbal alegado.

El primer motivo del recurso se ampara en el art.191.b) LPL para impugnar el hecho probado 1º, pero no puede tener éxito por las siguientes razones: a) como prueba documental se cita la papeleta de conciliación, sin indicar folio de los autos, y sin que aparentemente dicha papeleta se haya incorporado a las actuaciones;

  1. se apoya el recurrente en prueba testifical que no es idónea, arts. 191.b) y 194.3 LPL ; c) no se ofrece redacción alternativa alguna; d) es irrelevante si el despido alegado se produjo el 28 de junio o el 28 de julio, ya que no se ha probado dicho despido en ninguna de las dos fechas.

SEGUNDO

En el segundo motivo, sin expresión del cauce procesal, que debe entenderse es el del apartado c) del art.191 LPL, se alega la infracción de la jurisprudencia citando las sentencias...

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