SAP Burgos 502/2011, 27 de Diciembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 502/2011 |
Fecha | 27 Diciembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BURGOS
SENTENCIA: 00502/2011
SENTENCIA Nº 502
TRIBUNAL QUE LO DICTA:
SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS
ILMOS/AS. SRES/AS:
PRESIDENTE:
DON JUAN MIGUEL CARRERAS MARAÑA
MAGISTRADOS/AS:
DOÑA ARABELA GARCIA ESPINA
DON MAURICIO MUÑOZ FERNANDEZ
SIENDO PONENTE : DON MAURICIO MUÑOZ FERNANDEZ
SOBRE : INCAPACIDAD DE D. Teofilo
LUGAR : BURGOS
FECHA : VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE
En el Rollo de Apelación número 391 de 2.011 dimanante de Juicio de Incapacitación nº 506/2009, sobre incapacidad de D. Teofilo, del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Miranda de Ebro (Burgos), en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 12 de Mayo de 2.011, siendo parte, como demandada-apelante, FUNDACION TUTELAR FECLEM, representada, ante este Tribunal, por la Procuradora D.ª Inmaculada Pérez Rey y defendida por el Letrado D. Fernando Mendoza Robles; como demandante-apelado, MINISTERIO FISCAL; y como demandado-apelado DON Teofilo, vecino de Miranda de Ebro (Burgos).
Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Ministerio Fiscal, declaro la incapacidad parcial de D. Teofilo para regir su persona y sus bienes, incluida la pérdida del derecho de sufragio, y su sometimiento al régimen de curatela, posponiéndose la designación de curador al correspondiente procedimiento de jurisdicción voluntaria, sin que proceda efectuar expresa condena en costas".
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Fundación Tutelar Feclem se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a Derecho. TERCERO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, habiendo sido deliberada y votada la causa por esta Sala en fecha 20 de Diciembre de 2.011.
La representación legal de FECLEM formula recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 12-5-2011 por el juzgado de 1ª Instancia e I. nº 2 de Miranda de Ebro por la que se le nombró curador del declarado incapaz parcial Teofilo .
Pretende la citada parte apelante que se deje sin efecto su nombramiento como tutor. Invoca, en síntesis, como motivos del recurso los de:
1- Falta de objeto social
2- Vulneración del principio de rogación, por no haberse pedido en el suplico de la demanda su nombramiento, que aunque aceptó el cargo de defensor judicial pidió que no se le nombrara como tutor, que presentó escrito diciendo que no podía ir a la vista pero que no se le nombrase.
3- Carece de medios económicos interesando su excusa conforme al artículo 251 CC al tutelarse más de 320 personas con 150 expedientes abiertos teniendo un déficit de 23.819,54#.
4- Corresponde a los Servicios Sociales el desempeño de las funciones tutelares conforme al artículo 239 CC y 3 del Reglamento General de los serv9icios Sociales de Castilla y León.
Entrando en el análisis del recurso debe anticiparse que se estiman acertados los pronunciamientos realizados en la sentencia apelada.
Respecto de la falta de objeto social cabe señalar que aunque el mismo es el ejercicio de la tutela, curatela.. que precisen las personas con enfermedad mental grave incapacitadas judicialmente, no se aprecia incumplimiento en el presente caso cuando...
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SAP Burgos 252/2012, 5 de Junio de 2012
...consta circunstancia acreditada alguna que puede justificar la negativa de la entidad apelante". - En semejante sentido la SAP de Burgos Sección 2ª de 27-XII-2011 (Nº 502) dice: " Tampoco puede quedar excusada del nombramiento de tutor, por carecer de fondos para llevar a cabo la tutoría, a......