STSJ Extremadura 153/2011, 24 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución153/2011
Fecha24 Febrero 2011

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00153 /2011

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres.

Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº 153

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

DON JOSE MARIA SEGURA GRAU/

En Cáceres a veinticuatro de Febrero de dos mil once.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 627 de 2009 promovido por la Procuradora Sra. Bueso Sánchez, en nombre y representación de DON Ricardo, siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA, representado por el Letrado de su Gabinete Jurídico, sobre: Resolución del Director General de Política Agraria Comunitaria, declarando indebidas cantidades abonadas en Campaña 2004.

C U A N T I A: 1.176,40 Euros. . .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO : Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales;

Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideraciòn de la Sala, la legalidad de la Resoluciòn de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Extremadura, de fecha 11 de febrero de 2009, confirmatoria de la recurrida en alzada de fecha 15 de octubre de 2008, que declaró el incumplimiento de obligaciones del hoy actor, D. Ricardo y la obligación de reintegrar a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad percibida en concepto de AYUDA PARA LA CAMPAÑA 2004 euros mas los intereses legales. Considera la actora, que tal Resoluciòn no es ajustada a Derecho ha prescrito la acción de reintegro y operado la caducidad del procedimiento. La defensa de la demandada opone la desestimación.

SEGUNDO

De los documentos...

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