STSJ Aragón 204/2011, 23 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución204/2011
Fecha23 Marzo 2011

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00204/2011

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL ZARAGOZA

- CL.COSO NUM. 1

Tfno: 976 208 360

Fax:976 208 405

NIG: 50297 34 4 2011 0100136

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000132 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000950 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 004 Recurrente/s: DAGESA SAU

Abogado/a:

Procurador: PEDRO BAÑERES TRUEBA

Graduado Social:

Recurrido/s: Rosalia

Abogado/a: MANUEL HERNANDEZ IZAGUERRI

Procurador:

Graduado Social:

Rollo número: 132/2011

Sentencia número: 204/2011

P.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a veintitrés de marzo de dos mil once. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 132 de 2011 (Autos núm. 950/2010), interpuesto por la parte demandada DAGESA S.A.U. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 7 de diciembre de 2010 ; siendo demandante Rosalia, sobre declarativo de derecho. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Rosalia, contra DAGESA S.A.U. sobre declarativo de derecho, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 7 de diciembre de 2010, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que debo estimar parcialmente la demanda interpuesta por Dª Rosalia contra la empresa DAGESAU y se acuerda reconocer a la actora su derecho a reducir su jornada laboral concretándola en el siguiente horario: de 10 a 14 horas de lunes a viernes".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal: "

PRIMERO

Dª Rosalia presta sus servicios en la empresa DAGESAU (EROSKI) desde el 13-8-1998 con categoría de profesional dependienta (Prof. Punto Venta A).

SEGUNDO

La sra. Rosalia trabaja en el centro de la calle Marqués de la Cadena como pescadera. En dicho centro trabajan en reposición-cajas 7 personas a jornada completa, 2 con jornada reducida por guarda legal (en horarios de lunes a sábado) y en la sección de pescadería trabajan 2 personas a jornada completa y la actora.

TERCERO

El 27-9-10 la actora se reincorporó a su puesto de trabajo tras el nacimiento de su tercer hijo remitiendo escrito a la empresa en fecha 5 de agosto de 2010 en que le manifestaba su voluntad de acogerse a la reducción de jornada (20 horas) por guarda legal en horario de lunes a viernes de 10 a 14 horas. La empresa le contestó admitiendo la reducción de jornada pero denegando dicha concreción por eliminar el sistema de turnos y por motivos organizativos.

CUARTO

La actora disfrutó de un anterior periodo de excedencia por cuidado de hijos que finalizó el 8-1-09 pasando a trabajar el 9-1-09 con reducción de jornada de 10 a 15 horas de lunes a viernes y de 8,30 a 13,30 horas los sábados (30 horas). En fecha 18-3-09 la empresa procedió a cambiar el horario de trabajo de los sábados, estableciendo un nuevo horario de 9,30 a 14,30 horas, modificación que fue impugnada por la actora, celebrándose acto de conciliación ante el Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza, en el que la empresa procedió a restituir a la actora en el horario que tenía con anterioridad.

QUINTO

El esposo de la sra. Rosalia, D. Braulio trabaja como Guardia Civil adscrito a la Unidad Orgánica de Policía Judicial. Su horario de trabajo está adaptado a las necesidades de la investigación, y sin que tenga horas de comienzo y finalización de su jornada diaria de forma preestablecida, siendo las incidencias y necesidades específicas de las investigaciones las que marcan su horario. Su función puede ser desarrollada a cualquier hora del día o de la noche, teniendo una disponibilidad absoluta y necesidad de localización permanente.

SEXTO

Las ventas diarias de los sábados en el centro de la calle Marqués de la Cadena de Eroski son mayores que en el resto de los días de la semana; así en el mes de Septiembre de 2010 oscilaron entre los

10.247 euros y los 14.570 euros de lunes a jueves, para aumentar a entre 15.000 y 16.000 euros los viernes a pasar a los sábados donde oscilaban entre los 17.000 y 19.000 euros.

Asimismo los viernes y sábados las ventas en la sección de pescadería del mismo supermercado son superiores a las ventas del resto de los días de la semana. Así en el mismo mes de Septiembre al cifra más alta de ventas de un lunes de Septiembre alcanzó los 497 euros; un martes, 861 euros; un miércoles, 658 euros; un jueves, 887 euros; un viernes 953 euros y un...

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