SAP Murcia 139/2011, 24 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución139/2011
Fecha24 Marzo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00139/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL Rº 10/11

SECCION SEGUNDA J. PENAL NRO. 6 MURCIA

MURCIA P.A. 11/10

Instrucción nº 5

D.P. 3231/09

S E N T E N C I A N º 139/ 2 0 1 1

ILMOS. SRES.:

D. Abdón Díaz Suárez

PRESIDENTE

D. Andrés Montalbán Avilés

Dª Beatriz Lourdes Carrillo Carrillo

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia a veinticuatro de marzo de dos mil once.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial el proceso Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, que por el delito de abuso sexual, se ha seguido en el Juzgado de lo Penal nº.6 de Murcia, con el nº 11/10, contra Romeo ; habiendo sido partes en esta alzada Consuelo asistida por la Letrada Sra. Miralles García, y el Ministerio Fiscal que actúa como apelado, así como el acusado, que lo hace como apelante, quien estuvo representado en primera instancia por la Procuradora Sra. Gómez Morales y defendido por el Letrado Sr. Fernández León; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente D. Abdón Díaz Suárez, quien expresa la convicción

del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas diligencias sentencia con fecha 30 de junio

de 2.010 sentando como hechos probados lo siguiente: " Romeo, mayor de edad, con DNI NUM000 y con antecedentes cancelables, solía a recoger cada mañana, junto a su compañera sentimental Francisca, a la hija de ésta, Consuelo, en su domicilio en Torreagüera, marchándose luego todos hasta los distintos mercados donde Consuelo ayudaba a su madre a vender cupones. No obstante, en los últimos días del mes de mayo de 2009, Romeo tomó por costumbre recoger previamente él sólo a Consuelo para regresar a su domicilio en Beniaján donde le esperaba su compañera Francisca y marcharse a continuación todos juntos. En algunos de esos trayectos a solas junto a Consuelo, Romeo aprovechaba para acariciarle los muslos y entrepierna por encima del pantalón, pidiéndole incluso uno de los días mantener relaciones sexuales a cambio de dinero.

Así las cosas, la mañana del día 5 de junio de 2.009, mientras ambos se encontraban dentro del ascensor que les subía hasta el piso donde les esperaba Francisca, sito en CALLE000, NUM001, NUM002 NUM003 de Beniaján, Murcia, Romeo, guiado por el ánimo libidinoso de satisfacer su deseo sexual, cogió a Consuelo del pelo y empujándola contra el lateral del habitáculo, le metió su mano por el interior de sus bragas, acariciándole el culo, chupando y mordiendo al tiempo su cuello, boca y senos.

Consuelo, de 33 años de edad en aquellas fechas, está diagnosticada de síndrome ansiosos depresivo, siguiendo tratamiento desde que ocurrieron los hechos hasta la fecha, síndrome agravado por los hechos acaecidos".

SEGUNDO

Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO.- Que debo condenar y condeno a D. Romeo como autor criminalmente responsable del delito de abusos sexuales previsto y penado en e artículo 181.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la...

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