SAP Murcia 116/2011, 2 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución116/2011
Fecha02 Marzo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00116/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA Telf : 968229183

Fax : 968229184

Modelo : 001370

N.I.G.: 30030 37 1 2010 0104625

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000381 /2010 Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de TOTANA Procedimiento de origen : JUICIO CAMBIARIO 0000739 /2009 RECURRENTE : Silvio

Procurador/a : MARIA JOSE VINADER MORENO

Letrado/a :

RECURRIDO/A : BALSAMUR,SDAD. COOP

Procurador/a : VERONICA BLAYA RUEDA

Letrado/a :

SENTENCIA Nº 116/2011

ILMOS SRES

D. Andrés Pacheco Guevara Presidente

D. Fernando López Del Amo González

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a dos de marzo de dos mil once. La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 381/10, dimanante del Juicio Cambiario tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Totana y seguido entre la mercantil Balsamur Sociedad Cooperativa como demandante y D. Silvio como demandado, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandada, dirigida en esta alzada por la Letrada Sra. Vivancos Abad, mientras que la apelada lo ha sido por el también Letrada Sra. Valle Rodríguez, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 25/2/10 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente: "Que debo desestimar la demanda de oposición al juicio cambiario, interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Gallego Iglesias, en nombre y representación de D. Silvio contra BALSAMUR SOCIEDAD COOPERATIVA, debiendo continuar la ejecución despachada en los términos acordados por el auto de 27 de octubre de 2.009, condenando al demandante de oposición a las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes,...

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