STSJ Navarra 173/2011, 13 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha13 Abril 2011
Número de resolución173/2011

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 000173/2011

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. IGNACIO MERINO ZALBA

MAGISTRADOS,

D. ANTONIO RUBIO PÉREZ

D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA

En Pamplona a trece de abril de dos mil once

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, el presente rollo de apelación Nº 0000326/2010 formado para la sustanciación del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia 000175/2010 de fecha 2 de junio de 2010 dictada en los autos procedentes del Jdo. ContenciosoAdministrativo Nº 1 de Pamplona/Iruña, Procedimiento Ordinario 0000182/2008 - 00, seguido para la sustanciación del recurso contencioso-administrativo formulado contra Resolución de fecha 7 de noviembre de 2008 dictada por el Ayuntamiento de Ciriza por la que se requiere la completa paralización de la totalidad de las obras internas y externas en la parcela 317 del plígono 1 de Ciriza, la presentación de diversa documentación y suspensión de la tramitación del expediente de licencia de apertura del edificio de Alojamiento de ChicasSiendo partes: como apelante, ASOCIACION CRISTIANA VIDA NUEVA, representada por la Procuradora Dña. Inmaculada Marcos Lazcano y dirigida por el Letrado Fermin Unanua Echavarren; y, como apelado, AYUNTAMIENTO DE CIRIZA, representado por la Procuradora Ana Muñiz Aguirreurreta y dirigido por la Letrada Maria José Beaumont. Recurso que venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 2 de junio de 2010 se dictó la Sentencia nº 175 por el Jdo. ContenciosoAdministrativo Nº 1 de Pamplona/Iruña cuyo fallo contiene el tenor literal siguiente: " Que debo desestimar como desestimo el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por el Letrado Sr. Unanua en nombre y representación de ASOCIACION CRISTIANA VIDA NUEVA, contra la actuación administrativa referenciada, y debo declarar y declaro que Resolución de fecha 7 de noviembre de 2008 dictada por el Ayuntamiento de Ciriza por la que se requiere la completa paralización de la totalidad de las obras internas y externas en la parcela 317 del polígono 1 de Ciriza, la presentación de diversa documentación y suspensión de la tramitación del expediente de licencia de apertura del edificio de Alojamiento de Chicas, es conforme a derecho. Sin costas. "

SEGUNDO

Por la parte actora se ejercitó recurso de apelación en el que solicitaba su estimación con revocación de la sentencia apelada y, al que se dio el trámite legalmente establecido.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala y formado el correspondiente rollo, tras las actuaciones legalmente prevenidas, se señaló para votación y fallo el día 5 de abril de 2011

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer pedimento de la demanda solicitaba que se declare que la demandante ha obtenido por silencio positivo la licencia de primera ocupación del edificio de referencia (alojamiento de chicas) y, por tanto, nulas todas las diligencias establecidas en el acuerdo impugnado relacionadas con el edificio y licencia citadas.

La sentencia desestima tal pretensión al entender, resumidamente, que no se trata de licencia de primera ocupación sino de actividad a la que resulta de aplicación lo dispuesto en el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre que desarrolla la Ley Foral 4/2005, de 22 de Marzo, de intervención para la Protección Ambiental ( art. 72 y stes ), cuyo artículo 73 establece el silencio negativo para las solicitudes de tales licencias transcurrido el plazo de cuatro meses desde la solicitud.

En consecuencia, considera que no hay silencio positivo y que son procedentes los requerimientos que en orden a la concesión o denegación de la licencia de actividad...

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