STSJ Galicia 2850/2011, 30 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2850/2011
Fecha30 Mayo 2011

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

SECRETARÍA D. FRANCISCO JAVIER GAMERO LOPEZ-PELAEZ -RF- Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 36038 44 4 2010 0003249

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001408 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0001031 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 003 DE PONTEVEDRA

Recurrente/s: EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA)

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: Esteban

Abogado/a:

Procurador: JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO

Graduado Social: ALFONSO CARBALLO JARDON

ILMOS/AS SRES/AS D/Dª

JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a treinta de Mayo de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001408 /2011, formalizado por el/la D/Dª letrado de la XUNTA DE GALICIA, en nombre y representación de EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de PONTEVEDRA en el procedimiento DEMANDA 0001031 /2010, seguidos a instancia de Esteban frente a EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª FERNANDO LOUSADA AROCHENA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Esteban presentó demanda contra EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha diecisiete de Enero de dos mil once

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

PRIMERO

Don Esteban, con D.N.I. NUM000 firmó con la empresa SEAGA S.A. los siguientes contratos: contrato de fecha 3 de febrero de 2009 para obra o servicio determinado consistente en Encomienda para la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas año 2008 y 2009 en los distritos XI, XII, XII, XIV y XV, siéndole notificado en fecha 8 de junio de 2009 la finalización del contrato para el día 14 del mismo mes, disfrutando a continuación sus vacaciones. Firmó nuevo contrato para obra o servicio determinado el 1 de julio de 2009 consistente en Encomienda de gestión para el servicio de brigadas de prevención, vigilancia y defensa contra incendios forestales para el año 2009. La categoría del demandante es la de Jefe Brigada y su salario asciende a 1616,70# con inclusión del prorrateo de pagas extra.-

SEGUNDO

La Sociedad Publica Empresa Pública de Servicios Agrarios Galegos S.A. -fue creada por Decreto 260/2006 de 28 de diciembre, teniendo por objeto entre otros, la realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios en materias forestales, especialmente las relacionadas con la prevención y lucha contra incendios forestales en particular y en general, aquellas actividades, obras o servicios que requieran la intervención de carácter urgente relacionadas con las mencionadas materias. La elaboración, por iniciativa propia o por instancia de terceros de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de consultoría y de asistencia técnica y formativa en materia forestal y de prevención de incendios forestales. En fecha 17 de diciembre de 2008 se elaboró la memoria para la Encomienda para la recuperación del potencial forestal c implantación de medidas preventivas año 2008 y 2009 en los distritos XI, XII, XII, XIV y XV, publicándose en el B.O.P. de 14 de noviembre de 2007 el anuncio por el que se hace pública la aprobación de las bases generales para la selección de personal temporal de la empresa citada por el sistema de listas previas por categorías. Por resolución de 31 de diciembre de 2008 dictada por el Secretario General de la Conselleria de Medio Rural, se ordenó a SEAGA la realización de la encomienda mencionada en el primer contrato firmados por el demandante. En fecha 12 de enero de 2009 se elaboro la memoria de la Encomienda de gestión para el servicio de brigadas de prevención, vigilancia y defensa contra incendios forestales para el año 2009, dictándose en echa 23 de febrero de 2009 para la realización de la encomienda mencionada por la empresa SEAGA.- TERCERO.- Al actor se le comunicó en fecha 22 de septiembre de 2009 que causará baja en La empresa el próximo día 30 de septiembre de 2009 por la finalización de los trabajos propios de su categoría y especialidad dentro de la obra para la que fue contratado. El demandante formaba parte de la Brigada DXVI.1 con centro en Dozon, siendo extinguidos en la misma fecha que la del actor los contratos de tres peones, permaneciendo un peón especialista de baja médica durante toda la campaña. Presento el trabajador demanda por despido, dictando este Juzgado en los autos 881/09 sentencia en fecha 26 de enero de 2010 declarando la improcedencia del despido, con los pronunciamientos oportunos, siendo la misma confirmada por otra del T.S.J. de Galicia de 30 de junio de 2010 . El actor firmó nuevo contrato para obra o servicio determinado el dia 19 de octubre de 2009 para tratamientos silvicolas y trabajos preventivos en los Concellos del Distrito XVI Deza que finalizó el 27 de noviembre de 2009, habiéndole comunicado la empresa su extinción el día 17 del mismo mes por la finalización de los trabajos propios de su categoría y presentando demanda que fue estimada por sentencia de este Juzgado dictada en autos 41/10 de fecha 18 de marzo de 2010, luego revocada por sentencia del T.S.J. de Galicia de 28 de septiembre de 2010 .- CUARTO.- En fecha 22 de abril de 2010 se aprobó la encomienda de gestión para el servicio de brigadas de prevención, vigilancia y defensa contra los incendios forestales en la época de peligro alto en el año 2010, estableciendo para las brigadas de prevención un plazo de ejecución hasta el 30 de septiembre de 2010, resolviendo la Conselleria del Medio Rural en fecha 6 de mayo de 2010 ordenar a la empresa SEAGA la realización de la encomienda citada. En fecha 21 de junio de 2010 se firmó entre demandante y empresa contrato de trabajo para obra o servicio determinado consistente en JEFE DE BRIGADA PARA TRABAJOS DE PREVENCION, VIGILANCIA Y DEFENSA CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN EL DISTRITO X...

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