STSJ Comunidad Valenciana 1629/2011, 26 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1629/2011
Fecha26 Mayo 2011

2 Rec. c/ sentencia nº 3181/2010

Recurso contra Sentencia núm. 3181/2010

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Presidente

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

Ilmas. Srª Dª Mª del Carmen López Carbonell

En Valencia, a veintiséis de mayo de dos mil once

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1629/2011

En el Recurso de Suplicación núm. 3181/2010, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de junio de 2010, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 1223/2009, seguidos sobre invalidez, a instancia de D. Carmelo, asistido por la Letrada Dª Cristina María Garrido Montesinos, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Inmaculada Linares Bosch

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 17 de junio de 2010, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda deducida pordon Carmelo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo al Ente Gestor de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El demandante don Carmelo, con Dni número NUM000, nacido el 21 de octubre de

1.947, afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM001, fue declarado afecto de invalidez permanente, en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual de vigilante jurado, mediante Sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de la Comunidad Valenciana de fecha 19 de julio de 2.005, dictada en los autos de recurso de suplicación 1649/05 revocatoria de la del Juzgado de lo Social número Seis de Valencia . Se le reconoció el derecho al percibo de una pensión equivalente al 75% de su Base reguladora mensual de 1.039,64 euros con efectos económicos de 26 de marzo de 2.003. El cuadro clínico tenido en cuenta para el reconocimiento de grado fue el siguiente : hepatopatía enólica ; OFCA, hipermetropía y astigmatismo ambos ojos, alteración ventilatoria de tipo obstructivo e intensidad moderada, grado II según criterios AMA, así como artrosis generalizada. SEGUNDO.- El señor Carmelo solicitó revisión por agravación del grado invalidante reconocido que le fue denegado por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 18 de mayo de 2.006 frente a la que el actor interpuso Reclamación Previa el 25 de julio de 2.006 que le fue desestimada por Resolución del Ente gestor de 17 de agosto de 2.006. Impugnada la denegación en vía judicial se siguieron en el Juzgado de lo Social número 15 de los de Valencia los autos número 721/2.006 ( Registro General 11.951/2.006 ) en los que recayó sentencia desestimatoria de la pretensión actora en fecha seis de junio de 2.007 ( Sentencia nº 229/2.007 ). En el hecho probado tercero de la sentencia se hacía constar lo siguiente : "Que en la actualidad el demandante padece como dolencias principales hepatopatía enólica, EPOC moderado, cataratas incipientes, ambiopía ojo izquierdo y artrosis . A la exploración del aparato locomotor se evidencia estado general bueno, marcha normal, estado nutricional bueno . Oftalmología : catarata incipiente ambos ojos, ambiopía ojo izquierdo . AVDD OD 0,3 OI 0,2 . Aparato respiratorio : EPOC . Patrón mixto moderado . Espirometría ( 11/05) : FVC 50% ; FEV 40% FEV1 FVC 107%. Pendiente polisomnografía cuyo resultado no consta . Aparato digestivo : hepatopatía enólica diagnosticada en 1.999 . Desde hace cuatro años se mantiene abstinente . Informe Hospitalario 1/06 : en últimas ecografías se constata un hígado graso que sugiere hepatopatía crónica escasamente activa . Valores normales de transaminasa . Analítica ( 4/06) : elevación de glucosa, triglicéridos, ácido úrico, creatinina, GGT y ferritna . Aparato locomotor : diagnóstico de artrosis postraumática hombro izquierdo, cervicoartrosis bilateral de predominio derecho y coxartrosis . Tales dolencias limitan al demandante para la realización de moderados - grandes esfuerzos físicos . TERCERO.-El señor Carmelo solicitó nuevamente el veintisiete de febrero de 2.009 revisión por agravación . Tramitado el oportuno expediente administrativo se dictó Resolución denegatoria por la Dirección Provincial del INSS en fecha cuatro de junio de 2.009, previo dictamen propuesta del EVI de uno de junio de 2.009 .

Disconforme el actor interpuso Reclamación Previa el 14 de julio de 2.009 que le fue desestimada por Resolución del Ente Gestor de fecha 29 de julio de 2.009. CUARTO .- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a la cuantía no controvertida de 1.039,64 euros y los efectos económicos lo serian, en su caso, desde el cinco de junio de 2.009 . QUINTO .- El demandante presenta en la actualidad el siguiente cuadro clínico derivado de enfermedad común : Antecedentes : OFCA. En incapacidad permanente total por hepatopatía alcohólica crónica .IRC leve. Hiperuricemia. Hipermetropía .Astigmatismo . Ambioplia . Cataratas incipientes . Poliartrosis . Dislipemia. Fumador . Deficiencias más significativas : Hepatopatía crónica . Insuficiencia renal crónica. Neuropatía diabética . Hipertensión arterial crónica de larga evolución. Diabetes Mellitus tipo II . Dislipemia. Hiperuricemia . Gota. EPOC moderado en tratamiento .Disnea Grado II -III . A nivel osteoarticualr : espondiloartoris cervical con predominio de uncartrosis y osteofitos que producen cervicalgia crónica. Lumbalgia crónica por espondiloartrosis lumbar . Dolor en tobillo y articulación subastragalina bilateral más intensa en tobillo izquierdo . Síndrome subacromial bilateral más intenso en brazo derecho por hipertrofia acromioclavicular degenerativa . Gonalgia mecánica bilateral . Exploración ojos : Agudeza visulal: Lejos - 0,2 y cerca 0,1 Corrección con lentes . Aparato digestivo : Hepatopatía enólica . En analítica de marzo de 2.009 del...

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