STSJ Canarias 979/2011, 30 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución979/2011
Fecha30 Junio 2011

En Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de Junio de 2011.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dna. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ (Presidente), D./Dna. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ y D./Dna. JUAN JOSE RODRIGUEZ OJEDA, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 911/2009, interpuesto por D./Dna. Ruperto, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social No 5 de Las Palmas de Gran Canaria en los Autos No 858/2005 en reclamación de Prestaciones, siendo Ponente el ILTMO./A. SR ./A. D./DNA.JUAN JOSE RODRIGUEZ OJEDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. /Dna. Ruperto, en reclamación de Prestaciones siendo demandado D. /Dna. INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y AYUNTAMIENTO DE MOGAN y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 12 de Enero de 2009, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor, provisto de DNI no NUM000, afiliado a la seguridad social en el régimen general, con el no NUM001, venía prestando servicios por cuenta del Ayuntamiento de Mogan, con antigüedad

16.12.2002, categoría de encargado de agua y salario de 50 euros7día.

SEGUNDO

Con fecha 09.07.2003 el actor fue cesado de forma verbal y formulada demanda por despido, se dictó sentencia por el Juzgado de lo social no 1 de esta ciudad, autos no 940/2003 por el que se declaraba la improcedencia del despido del actor, con las consecuencias legales inherentes a tal declaración.

Mediante decreto de alcaldía de fecha 13.11.2003 por el que se resuelve en indemnizar al actor en la cantidad de 1.312,50 euros y abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de esta resolución.

Con fecha 18.11.2003 se dicta providencia por el Juzgado no 1 teniendo por ejercitada en tiempo y forma la opción por indemnizar.

En fecha 04.12.2003 se tiene por instada la ejecución de la sentencia de despido, senalándose comparecencia para el 17.02.2004 y en dicha fecha el actor desiste del incidente al haber sido abonadas las cantidades a que se refiere la sentencia de despido.

En fecha 12.12.2003 el Ayuntamiento demandado transfiere al actor la cantidad de 5.728,12 euros en concepto de salarios de tramitación.

TERCERO

El actor inició un proceso por incapacidad temporal por enfermedad común el día

20.11.2003, siendo dado de alta con propuesta de incapacidad el 19.05.2005.

CUARTO

Solicitado por el actor el pago de prestaciones por Incapacidad Temporal, mediante escrito de fecha 27.08.2004 es denegado por el INSS mediante resolución que no consta pero que ambas partes admiten por no hallarse en situación de alta en el momento del hecho causante.

Contra dicha resolución se formuló reclamación previa en fecha 28.06.2005, que fue desestimada de forma expresa mediante resolución notificada al actor en fecha 11.07.2005.

QUINTO

La base reguladora para la prestación solicitada es la de 1.500,00 Euros/mes.

SEXTO

El ayuntamiento demandado cotizó por el actor en el mes de noviembre de 2003 la cantidad de 650 euros, cotizando los mees de agosto a octubre por importe 1.500,00 euros, dando por reproducido el informe de cotización aportado por la TGSS que consta en autos.

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice:

Que desestimando la demanda formulada por D. Ruperto, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y al AYUNTAMIENTO DE MOGAN, sobre PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL, debo absolver y absuelvo a los demandados de las peticiones formuladas en su contra.

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte D. /Dna. Ruperto, y recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Senalándose para votación y fallo el día 21 de Junio de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la pretensión del actor con categoría profesional de encargado de agua, nacido en 1949 y por la que solicitó el pago de...

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