SAP Palencia 205/2011, 15 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 205/2011 |
Fecha | 15 Julio 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PALENCIA
SENTENCIA: 00205/2011
Recurso 268/2011
Juicio Verbal 484/2010
Juzgado Palencia 3
Este Tribunal compuesto por el Señor Magistrado que se indica al margen ha pronunciado
EN NO MBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA Nº 205/11
Ilmo. Sr. Don Mauricio Bugidos San José
En la ciudad de Palencia, a 15 de julio de 2011
Vistos, en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio VERBAL, sobre reclamación de cantidad, provenientes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Palencia, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 20 de octubre de 2010, entre partes, de una, como apelante DON Desiderio y DOÑA Angustia, defendidos por el Letrado Don Luis Alfonso Vicario Fernández, y de otra, como apelada, DOÑA Fátima, representada por la Procuradora Doña Asunción Calderón Ruigómez y defendido por la Letrado Carmen Suárez Juega.
Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada.
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- Que el Fallo de dicha sentencia, literalmente dice: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Doña Fátima frente a Don Desiderio y Doña Angustia, debo condenar y condenó a los citados demandados a abonar a la parte actora la cantidad de 580 #, más los intereses legalmente desde la interposición de la demanda; las costas se imponen expresamente a la parte demandada".
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- Contra dicha sentencia interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás partes para que presentaran escritos de impugnación u oposición, fueron elevados los autos ante esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente resolución
El Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Palencia, dictó sentencia en fecha 20 de octubre de 2010 del tenor que se ha expuesto en los antecedentes de hecho de la presente; y contra la misma se alza la representación de los demandados y condenados, en recurso del que todo traslado a la contraparte, fue objeto de oposición con el resultado que consta en autos.
En el escrito de demanda se pedía la condena de los demandados al pago de la cantidad de 580 # más intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, en razón a los daños sufridos por la actora en una vivienda de su propiedad, a consecuencia de las obras realizadas por los demandados en propiedad contigua a la anterior. El Juzgador "a quo", a la vista de la prueba practicada, consideró la existencia de los daños en cuestión, y aplicando el artículo 1902 del Código Civil, pronunció la condena que ahora se combate. En el escrito de recurso, lo que se objeta a la sentencia de instancia, es que la valoración probatoria que contiene es errónea, dado que se tiene en cuenta la manifestación de un perito presentado por la parte actora, obviando las prestadas en juicio por el Sr. Arquitecto que, en realidad, depuso en...
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