STSJ Comunidad de Madrid 514/2011, 20 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Julio 2011
Número de resolución514/2011

RSU 0000759/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00514/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2011 0045231, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000759 /2011

Materia: CONTRATOS DE TRABAJO

Recurrente/s: INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES

Recurrido/s: Zulima

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 14 de MADRID de DEMANDA 0001852 /2009

Sentencia número:

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En MADRID a veinte de Julio de dos mil once, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/ as, de acuerdo con lo prevenido en

el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000759 /2011, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ASESORÍA JURÍDICA), en nombre y representación de INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES, contra la sentencia de fecha 10 DE OCTUBRE DE 2010, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 014 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0001852 /2009, seguidos a instancia de Zulima frente a INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES, parte demandada representada por el/ la Sr./Sra. Letrado D/Dª. MARIA DE LA O AMESTOY GARCIA, en reclamación por DERECHOS Y CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

1)- La parte actora Dña. Zulima presta sus servicios para el INSTITUTO MADRILEÑO DE SERVICIOS SOCIALES (IMSERSO) con destino en el CAMF de Leganés (Madrid), desde el 1 de octubre de 2006, ostentando la categoría profesional de enfermera y percibiendo un salario mensual de 2.365,87 # con prorrateo de pagas extras.

2)- Por Sentencia del Juzgado de lo Social N° 10 de Madrid, de fecha 29 de mayo de 2009 (aportada como documental tanto por la actora como por la demandada), además de reconocer en su hecho probado segundo que la actora realizaba "una jornada completa de 35 horas semanales con horario distribuido de lunes a domingo, en turnos de mañana, tarde y noche", declaró en el Fallo "el derecho de la demandante a reducir su jornada de trabajo semanal por razón de guarda legal a 30 horas distribuidas: Turno de mañana: de 9h a 15h y Turno de noche: de 22h a 7h".

3)- La actora ha percibido en contraprestación a los servicios prestados las siguientes cantidades:

- Septiembre de 2009: 1702,65 euros brutos (sin p.p. de pagas extras), cuando debía haber percibido 1824,28, por lo que restan por abonar 121,63 euros.

- Octubre de 2009: 1726,37 euros brutos (sin p.p. de pagas extras), cuando debía haber percibido 1824,28, por lo que restan por abonar 97,91 euros.

- Noviembre de 2009: 1726,37 euros brutos (sin p.p. de pagas extras), cuando debía haber percibido 1824,28, por lo que restan por abonar 97,91 euros.

TOTAL: 317,45 EUROS

4)- Se intentó el acto de conciliación previa sin efecto.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que ESTIMO la demanda formulada por Dña. Zulima frente al INSTITUTO MADRILEÑO DE SERVICIOS SOCIALES (IMSERSO) y CONDENO a dicha demandada a que abone a la actora la suma de 317,45 euros en concepto de diferencias salariales, por los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2009, reconociendo el derecho de la actora a percibir su salario en proporción a la reducción de la jornada de 35 horas semanales a 30 horas semanales".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte DEMANDADA tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección

10 DE FEBRERO DE 2011, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose día 20 DE JULIO DE 2011 para los actos de votación y fallo.

A...

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