SAP Madrid 1029/2011, 13 de Octubre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1029/2011 |
Fecha | 13 Octubre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24
MADRID
SENTENCIA: 01029/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 24ª
Rollo nº: 354/2011
Autos nº: 455/02
Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Coslada.
Apelante: Dª Macarena .
Procurador: Dª Mª Isabel Torres Coello.
Apelado: D. Braulio .
Procurador: D. Enrique Herrera Aguilar.
Ponente: Ilmo. Sr. DON ANGEL SANCHEZ FRANCO.
SENTENCIA Nº 1 0 2 9
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González
Ilmo. Sr. D. ANGEL SANCHEZ FRANCO
Ilma. Sra. Dª Mª José de la Vega Llanes
En Madrid, a 13 de octubre de 2011.
Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Liquidación Sociedad de Gananciales con el nº 455/02 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Coslada.
De una, como apelante, Dª Macarena, representado por el Procurador Dª María Isabel Torres Coello. Y de otra, como apelado, D. Braulio, representado por el Procurador D. Enrique Herrera Aguilar. VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilmo. Sr. D. ANGEL SANCHEZ FRANCO .
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Que en fecha 30 de octubre de 2009, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Coslada, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, debo aprobar y apruebo la liquidación y adjudicación de los bines integrantes de la sociedad legal de gananciales formada en su día por don Braulio y doña Macarena de la siguiente forma:
A doña Macarena se le adjudica el 100% de la propiedad de la vivienda sita en la calle DIRECCION000 núm. NUM000, bloque NUM001, planta baja, puerta A, de la localidad de mejorada del Campo y del mobiliario existente en la misma.
A don Braulio se le adjudica la cantidad líquida de 57.159,36 euros, que deberán resultar abonados por doña Macarena en compensación a su adjudicación del 100% de la propiedad de los bines integrantes del activo.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Notificada la anterior resolución se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Dª Macarena, al que se opuso la contraria en los términos que constan en escritos obrantes en autos.
Mediante providencia de fecha 28 de abril de 2011 se señaló el día 5 de octubre de 2011 para deliberación, votación y fallo.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.
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