SAP A Coruña 3/2011, 12 de Enero de 2011

PonenteCARLOS FUENTES CANDELAS
ECLIES:APC:2011:67
Número de Recurso432/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución3/2011
Fecha de Resolución12 de Enero de 2011
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

A CORUÑA

SENTENCIA : 00003/2011

NOIA Nº 1

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000432 /2009

FECHA REPARTO: 7-7-09

SENTENCIA

Nº 3/11

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos . Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ

En A CORUÑA, a doce de Enero de dos mil once.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio verbal nº 138/07, sustanciado en el JUZGADO DE PRIMERA ISNTANCIA Nº 1 DE NOIA, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE DOÑA Ascension, representada en primera instancia por el Procurador Sr. Fernández Lestón y con la dirección del Letrado Sr. Tato Becerra y representado en esta instancia por la Procuradora Sra. Tejelo Núñez, y de otra como DEMANDADOS APELADOS IMPUGNANTES DON Blas Y DOÑA Constanza, representados en primera instancia por la Procuradora Sra. Maneiro Ces y con la dirección del Letrado Sr. Fraga Varela; versando los autos sobre REIVINDICATORIA DE DOMINIO Y SUBSIDIARIA DE DESLINDE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE NOIA, con fecha 13-4-09 . Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: " Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por la representación de DOÑA Ascension contra DON Blas y DOÑA Constanza y declaro que el linde por el viento Este de la finca de DON Blas Y DOÑA Constanza y por el viento Oeste de la finca de DOÑA Ascension es el que se refleja en el plano 1-1 del informe del perito judicial SR. Florencio . Desestimo los restantes pedimentos de ambas partes".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por la demandante, se interpuso recurso de apelación y los demandados impugnación subsidiaria, para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución no pudiendo deliberarse y dictarse anteriormente la sentencia debido al ritmo semanal de ponencias y asuntos a resolver, así como el volumen y complejidad de otros muchos que pesan sobre el tribunal.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS FUENTES CANDELAS .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada excepto en lo que contradigan los siguientes:

PRIMERO

La demandante, acumuladamente con una acción de deslinde, reivindicó o pidió la declaración de dominio de tres secciones o trozos de terreno identificados en el plano U-1 del informe pericial del SR. Javier aportado con su demanda, correspondientes a la zona de rampa de acceso y vallado (79#84 metros cuadrados), solera hormigonada de conexión con la vía pública (18#06 metros cuadrados) y parte superior del talud que da al muro de piedra (58#82 metros cuadrados), en relación a las tres fincas descritas en el hecho 1º. La sentencia de primera instancia únicamente estimó el deslinde del viento Oeste de la finca de la demandante, Este de los demandados, fijando el linde común en la línea divisoria establecida en el plano 1-1 del perito judicial, denegando el deslinde por el Sur de la finca de los segundos (Norte de la finca de la demandante nº II de la indicada pericial) al no resultar demostrada la colindancia, pues lindarían con el antiguo camino público, correspondiendo la carga de la prueba a la parte actora. Lo demás fue desestimado especialmente con base en los títulos presentados y la prueba pericial judicial en relación a los datos aplicados en su dictamen, como la expropiación de 1898 y el catastro histórico rústico de 1958, además de las consecuencias de la carga de la prueba.

SEGUNDO

En el escrito de interposición de su recurso de apelación la parte demandante alega error de valoración probatoria, y vulneración de la tutela judicial con efectiva indefensión y de la justicia. Se sostiene, en resumen, que no procedería el deslinde de la zona fijada en la sentencia al existir un cierre con portalón y muro entre ambas fincas; existiendo sin embargo confusión y colindancia necesitada de deslinde en el lado Norte de la finca " DIRECCION000 " ("finca demandante II" del plano 1-1 del perito judicial) con el lado Sur de la finca de los demandados, al haber desaparecido y caído en total desuso el antiguo camino, realizando la demandante y familia actos de dominio desde hace más de 30 años, constando incorporado a las fincas de ambas partes, y en todo caso colindaría con la esquina inferior de la vivienda en construcción de los demandados. Se alega igualmente sobre la acumulación de las acciones reivindicatoria y de deslinde, así como la identificación y pertenencia a la actora de las fincas especificadas en la pericial judicial como "finca demandante I" de 1.008 metros cuadrados (fincas I y II del Hecho 1º de la demanda) y "finca demandante II" de 58 metros cuadrados (finca III del Hecho 1º de la demanda, " DIRECCION000 "). También se reprocha la denegación en la sentencia de la pretensión de rectificación de la inscripción registral de la finca de los demandados al haberse demostrado una cabida inferior y configuración distinta de la catastral. En definitiva se pretende en el recurso el deslinde de la finca de la demandante " DIRECCION000 " en los términos del plano del perito judicial, incrementando su superficie con la resultante del reparto a partes iguales entre ambas fincas de la del antiguo camino, todo ello condenando a los demandados a entregar a la actora el terreno resultante que posean, y con las correcciones precisas de las inscripciones de la finca de aquéllos, así como al pago de las costas. La parte demandada-apelada alegó en contra del recurso y en...

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