STSJ Castilla y León 55/2011, 17 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Enero 2011
Número de resolución55/2011

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 00055/2011

Sección Segunda

65586

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2006 0100939

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0002174 /2005

Sobre EXPROPIACION FORZOSA

De D. Íñigo

Abogado: D. JOSE A. ARROYO FERNANDEZ

Contra: JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE LEON, SERVICIO TERRITORIAL

DE AGRICULTURA EN

LEON

Representantes: ABOGADO DEL ESTADO, LETRADO COMUNIDAD

SENTENCIA Nº 55

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE DE SECCIÓN:

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA

MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

En Valladolid, a diecisiete de enero de dos mil once.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León, adoptada en reunión celebrada el 4 de octubre de 2005, que desestimó el recurso de reposición formulado por D. Íñigo contra la resolución del mismo Jurado de Expropiación de 13 de abril de 2005, dictada en el expediente número NUM000, que fijó en 20.354,25 euros el justiprecio de los bienes y derechos de los que era titular y que se vieron afectados por la expropiación realizada por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León para la ejecución de las obras de infraestructura de la zona de Concentración Parcelaria de Villasabariego (León).

Son partes en dicho recurso: Como recurrente: D. Íñigo, representado por el Procurador Sr. Rodríguez-Monsalve Garrigós y defendido por el Letrado Sr. Arroyo Fernández.

Como demandada: Administración General del Estado (Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León), representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada: Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, Servicio Territorial de León), representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declaren nulas, por contrarias a derecho, las resoluciones del Jurado recurridas y, en su lugar y manteniendo los importes concedidos por el Jurado para la instalación de una línea eléctrica y centro de transformación (14.877,00 euros) y para el motor e instalaciones (4.508,00 euros), más afección, se declare que debe abonarse también el importe que resulte de capitalizar la energía producible en el aprovechamiento mediante el caudal concedido, señalando un importe total, por todos los conceptos, de 77.018 euros, coincidente con el solicitado en la hoja de aprecio de la propiedad, que devengará intereses al tipo legal a partir del 24 de enero de 1999 hasta el pago, sin interrupción.

Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la Administración codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime íntegramente el presente recurso contencioso administrativo con la imposición de las costas a la parte recurrente.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Presentado escrito de conclusiones por las partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día once de enero.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por D. Íñigo recurso contencioso administrativo contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León, adoptada en reunión celebrada el 4 de octubre de 2005, que desestimó el recurso de reposición formulado por aquel contra la resolución del mismo Jurado de Expropiación de 13 de abril de 2005, dictada en el expediente número NUM000, que fijó en 20.354,25 euros el justiprecio de los bienes y derechos de los que era titular y que se vieron afectados por la expropiación realizada por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León para la ejecución de las obras de infraestructura de la zona de Concentración Parcelaria de Villasabariego (León), pretende el recurrente que se declaren nulos los actos impugnados y que en su lugar, manteniéndose los importes concedidos por el Jurado para la instalación de una línea eléctrica y centro de transformación (14.877 euros) y para el motor e instalaciones (4508 euros), se declare que debe abonarse también la cuantía que resulte de capitalizar la energía producible en el aprovechamiento mediante el caudal concedido, estableciéndose el justo precio de que se trata, por todos los conceptos, en la cantidad de 77.018 euros, suma que según indica devengará intereses al tipo legal a partir del 24 de enero de 1999 y hasta su pago, sin interrupción, pretensión que basa, primero, en que no se le ha concedido indemnización por la energía que se le ha expropiado, y segundo, en que no se han determinado las fechas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR