STSJ Castilla y León 55/2011, 17 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 17 Enero 2011 |
Número de resolución | 55/2011 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 00055/2011
Sección Segunda
65586
Número de Identificación Único: 47186 33 3 2006 0100939
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0002174 /2005
Sobre EXPROPIACION FORZOSA
De D. Íñigo
Abogado: D. JOSE A. ARROYO FERNANDEZ
Contra: JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE LEON, SERVICIO TERRITORIAL
DE AGRICULTURA EN
LEON
Representantes: ABOGADO DEL ESTADO, LETRADO COMUNIDAD
SENTENCIA Nº 55
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE DE SECCIÓN:
DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA
MAGISTRADOS:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
En Valladolid, a diecisiete de enero de dos mil once.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
La resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León, adoptada en reunión celebrada el 4 de octubre de 2005, que desestimó el recurso de reposición formulado por D. Íñigo contra la resolución del mismo Jurado de Expropiación de 13 de abril de 2005, dictada en el expediente número NUM000, que fijó en 20.354,25 euros el justiprecio de los bienes y derechos de los que era titular y que se vieron afectados por la expropiación realizada por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León para la ejecución de las obras de infraestructura de la zona de Concentración Parcelaria de Villasabariego (León).
Son partes en dicho recurso: Como recurrente: D. Íñigo, representado por el Procurador Sr. Rodríguez-Monsalve Garrigós y defendido por el Letrado Sr. Arroyo Fernández.
Como demandada: Administración General del Estado (Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León), representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Como codemandada: Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, Servicio Territorial de León), representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declaren nulas, por contrarias a derecho, las resoluciones del Jurado recurridas y, en su lugar y manteniendo los importes concedidos por el Jurado para la instalación de una línea eléctrica y centro de transformación (14.877,00 euros) y para el motor e instalaciones (4.508,00 euros), más afección, se declare que debe abonarse también el importe que resulte de capitalizar la energía producible en el aprovechamiento mediante el caudal concedido, señalando un importe total, por todos los conceptos, de 77.018 euros, coincidente con el solicitado en la hoja de aprecio de la propiedad, que devengará intereses al tipo legal a partir del 24 de enero de 1999 hasta el pago, sin interrupción.
Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.
En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.
En el escrito de contestación de la Administración codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime íntegramente el presente recurso contencioso administrativo con la imposición de las costas a la parte recurrente.
El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que consta en autos.
Presentado escrito de conclusiones por las partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día once de enero.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Interpuesto por D. Íñigo recurso contencioso administrativo contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León, adoptada en reunión celebrada el 4 de octubre de 2005, que desestimó el recurso de reposición formulado por aquel contra la resolución del mismo Jurado de Expropiación de 13 de abril de 2005, dictada en el expediente número NUM000, que fijó en 20.354,25 euros el justiprecio de los bienes y derechos de los que era titular y que se vieron afectados por la expropiación realizada por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León para la ejecución de las obras de infraestructura de la zona de Concentración Parcelaria de Villasabariego (León), pretende el recurrente que se declaren nulos los actos impugnados y que en su lugar, manteniéndose los importes concedidos por el Jurado para la instalación de una línea eléctrica y centro de transformación (14.877 euros) y para el motor e instalaciones (4508 euros), se declare que debe abonarse también la cuantía que resulte de capitalizar la energía producible en el aprovechamiento mediante el caudal concedido, estableciéndose el justo precio de que se trata, por todos los conceptos, en la cantidad de 77.018 euros, suma que según indica devengará intereses al tipo legal a partir del 24 de enero de 1999 y hasta su pago, sin interrupción, pretensión que basa, primero, en que no se le ha concedido indemnización por la energía que se le ha expropiado, y segundo, en que no se han determinado las fechas...
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