STSJ Galicia 4850/2011, 4 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 4850/2011 |
Fecha | 04 Noviembre 2011 |
T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL A CORUÑA
I22123A9
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax:98118 4853/2155/2211
NIG: 32054 44 4 2011 0000804
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003254 /2011 CRS
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000177 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de OURENSE
Recurrente/s: Tamara
Abogado/a: ANTONIO VALENCIA FIDALGO
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO SEGURIDAD SOCIAL
Procurador/a:,
Graduado/a Social:
ILMOS/AS SRES/AS. MAGISTRADOS.AS
ILMO. SR. D MANUEL DOMINGUEZ LÓPEZ
ILMA SRA. Dª Mª ANTONIA REY EIBE
ILMA.SRA. ISABEL OLMOS PARÉS.
En A CORUÑA, a cuatro de noviembre de dos mil once.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0003254 /2011, formalizado por el/la D/Dª el letrado Antonio Valencia Fidalgo, en nombre y representación de Tamara, contra la sentencia número 353 /2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OURENSE en el procedimiento DEMANDA 0000177 /2011, seguidos a instancia de Tamara frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª MANUEL DOMINGUEZ LÓPEZ.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Tamara presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 353 /2011, de fecha dieciséis de Mayo de 2011 .
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
La parte demandante Tamara, nacida el 24-6-61 afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 encuadrado en el régimen general, con una profesión habitual de auxiliar administrativo, base reguladora 1.402,47 #.
Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramitó el oportuno expediente administrativo, siendo denegada su solicitud por resolución de fecha 18-2-11 por ser lesiones susceptibles de tratamiento. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución de fecha 17-3-11 en virtud de la cual se confirmó la impugnada. Tercero.- La demandante presenta las siguientes lesiones; episodio depresivo adaptativo actualmente en reajuste de medicación.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: FALLO.- Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Tamara contra INSS, TGSS, sobre INVALIDEZ, declarando no haber lugar a la misma, absolviendo a las entidades gestoras demandadas de la pretensión en su contra ejercitada.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Tamara formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Galicia 5311/2014, 29 de Octubre de 2014
...anterioridad expediente de incapacidad permanente, desestimado en vía administrativa y por SJS 3 Ourense confirmada por STSJ Galicia 4 noviembre 2011, Rec. 3254/2011, con base en las siguientes lesiones: "episodio depresivo adaptativo actualmente en reajuste de En la sentencia recurrida en ......