STSJ Andalucía 58/2007, 10 de Enero de 2007

PonenteBENITO RECUERO SALDAÑA
ECLIES:TSJAND:2007:220
Número de Recurso2184/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución58/2007
Fecha de Resolución10 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

58/2007

Rº. 2184/06-BG St. 58/07

Iltmos. Sres:

D. JOAQUÍN LUIS SÁNCHEZ CARRIÓN. Presidente.

Dª. ELENA DÍAZ ALONSO

D. LUÍS LOZANO MORENO

D. BENITO RECUERO SALDAÑA

En Sevilla, a diez de enero de dos mil siete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 58/2007

En el Recurso de Suplicación interpuesto por FOGASA contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número NUEVE de los de SEVILLA; ha sido Ponente el Iltmº. Sr. D. BENITO RECUERO SALDAÑA, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Ariadna, Milagros, Carolina, Pedro Antonio, Carlos Miguel y Vicente contra MERCO SAN JOSÉ, S.L., Salvador, Mauricio, Iván, Gaspar, Ángeles y FOGASA sobre cantidad, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 20 de marzo de 2006, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

Primero

Los actores Da Ariadna, con DNI NUM000, Da Milagros, con DNI NUM001, Da Carolina, con DNI NUM002, D° Pedro Antonio, con DNI NUM003, D° Carlos Miguel, con DNI NUM004 y D° Vicente, con DNI NUM005, vinieron prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de MERCO SAN JOSÉ SL, finalizando por despido el 31/10/02, que fue concillado en el CMAC, como Improcedente, por acta de 4 de noviembre de 2002, con el administrador único de la empresa, folios 95 a 98 que se reproducen, y en esencia, pactaron una cantidad que incluía indemnización, salarios de trámite y salarios debidos, abonándose parte en un cheque y el resto de acuerdo con el procedimiento de Suspensión de Pagos 1244/02 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n° 4 de Sevilla.

El solicitante acepta el ofrecimiento de la empresa, así como las formas de pago y manifiesta que salvo buen fin del cheque arriba reseñado, el cual lleva a su poder en este acto, y una vez se cumpla todo lo acordado en este acta se considerará saldado y finiquitado por todos los conceptos.

Segundo

Las deudas de los actores reconocidas en el CMAC están incluidas en la Suspensión de Pagos del Juzgado de Primera Instancia n° 4 de Sevilla, autos 1244/02-3P, como deudas post- concursales, según certificado de dos Interventores Judiciales de 3/12/03, folios 117 y 118, que dice:

Don Mauricio y Don Salvador, con domicilio en C/ DIRECCION000, NUM006 NUM007 NUM008 en calidad de INTERVENTORES JUDICIALES que en su día fueron de la Entidad Mercantil MERCO SAN JOSÉ SL, personada en el Procedimiento de Suspensión de Pagos 1124/2002, que se está tramitando en el Juzgado de Primera Instancia n° 4 de Sevilla, CERTIFICA:

Que Se hallan incluidas en el procedimiento de suspensión de pagos seguidos a instancia de la entidad mercantil Merco San José SL ante el Juzgado de Primera Instancia n° 4 en los Autos n° 1244/02-3P con el carácter de deuda postconcursal y en calidad de acreedores las personas que más adelante se relacionan con los créditos laborales que seguidamente se detallan:

Da Carolina, con un crédito reconocido de 11.829'81 € en virtud de Acta de Conciliación celebrada con avenencia en el CMAC en Sevilla el 4 de Noviembre de 2002.

Da Milagros. con un crédito reconocido de 9.034'88 € en virtud de Acta de Conciliación celebrada con avenencia en el CMAC en Sevilla el 4 de Noviembre de 2002.

Da Ariadna, con un crédito reconocido de 18.128'37 € en virtud de Acta de Conciliación celebrada con avenencia en el CMAC en Sevilla el 4 de Noviembre de 2002.

D° Vicente, con un crédito reconocido de 34.66Z46 € en virtud de Acta de Conciliación celebrada con avenencia en el CMAC en Sevilla el 4 de Noviembre de 2002.

D° Pedro Antonio, con un crédito reconocido de 24.670'84 € en virtud de Acta de Conciliación celebrada con avenencia en el CMAC en Sevilla el 4 de Noviembre de 2002.

D° Carlos Miguel, con un crédito reconocido de 20.809'98 € en virtud de Acta de Conciliación celebrada con avenencia en el CMAC en Sevilla el 4 de Noviembre de 2002.

Y para que conste a los efectos oportunos y a petición de los interesados, firmamos el presente certificado en Sevilla a tres de diciembre de 2003.

Fdo. Mauricio Fdo. Salvador

Tercero

Previamente, el 30/10/03 habían solicitado al Fondo de Garantía Salarial el abono de estas cantidades, que fueron desestimadas por estar acordadas en el CMAC, artículo 14.2 RD 505/85, expedientes que obran en autos y se reproducen.

Cuarto

En la presente demanda reclaman las sumas que figuran en el CMAC de 4 de noviembre de 2002, en demanda de 15 de octubre de 2004 previo CMAC al...

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