STSJ Comunidad Valenciana 764/2007, 2 de Mayo de 2007

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2007:2562
Número de Recurso1136/2004/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución764/2007
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la Ciudad de Valencia, a dos de mayo de dos mil siete.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. DON JOSÉ BELLMONT MORA, Presidente, DON MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES y DOÑA AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM:764/07

En el recurso contencioso-administrativo nº 1136/04 interpuesto por DON Aurelio Y DON Carlos Antonio, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña Paula María Ramón Pratdesaba, contra el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valencia de fecha 22.7.2004, dictado en el expediente 947/2003, por el que se justipreciaba una finca en suelo no urbanizable, uso/cultivo naranjos y naranjos jóvenes, propiedad de D. Aurelio y D. Carlos Antonio, situada en el término municipal de Meliana, expropiada por la Consellería de Infraestructuras y Transporte, con motivo de la ejecución del proyecto "Obra: 53-V-1389.- Proyecto de mejora de la seguridad vial en la N-340, tramo Foios-Albalat".

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACION GENERAL DE ESTADO ( Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valencia), representada y dirigida por el Abogado del Estado y codemandada LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT VALENCIANA, representada y dirigida por Letrado de sus Servicios Jurídicos; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª AMPARO PÉREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que estimando el recurso, anule y declare sin valor, ni efecto alguno, el Acuerdo impugnado, declarando el justiprecio de los terrenos expropiados en la cantidad de 135.156 €, incluido el 5% de afección, más los intereses legales; todo ello con expresa condena en costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se declare la conformidad a derecho de la resolución impugnada de adverso, absolviendo a la Administración del presente recurso; la representación de la Administración codemandada contestó a la demanda en similares términos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, de conformidad con lo interesado por la demandante se concedió plazo para evacuar el trámite de conclusiones, y verificado, se declaró el pleito concluso.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 24 de enero de dos mil siete.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos de especial complejidad que penden en la mesa del ponente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valencia, fijó el justiprecio de la finca expropiada, en la suma de 24.110,85 €, con arreglo al desglose siguiente:

Suelo naranjos adultos: 706 m2 x 18 €/m2........................................ 12.708,00 €

Suelo naranjos jóvenes: 429 m2 x...

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