SAP Barcelona 422/2007, 6 de Junio de 2007

PonenteANDRES SALCEDO VELASCO
ECLIES:APB:2007:6689
Número de Recurso95/2006
Número de Resolución422/2007
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA.

SECCION DÉCIMA.

NUMERO DE ORDEN.95/2.006.

DILIGENCIAS PREVIAS nº849/2.004

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN nº2 de Barcelona

ILMOS. SRS.

  1. ANDRES SALCEDO VELASCO

  2. DANIEL DE ALFONSO LASO.

Dª ELISENDA FRANQUET FONT

S E N T E N C I A Nº

En Barcelona a 6 de junio de 2.007

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

VISTA ante la SECCION DÉCIMA de esta Audiencia Provincial, la presente causa, tramitada por el Procedimiento Abreviado para determinados delitos, Diligencias Previas nº.849 /2.004, número de orden de Sala 95/2006, procedente del Juzgado de Instrucción num.2 de Barcelona seguido por delito continuado de estafa contra Juan Pedro representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Carlos Pons de Gironella y defendido por el Letrado en Derecho Sr. D. Carlos Zayas Sadaba,siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo Sr. D.ANDRES SALCEDO VELASCO, quien expresa el parecer del Tribunal.

Segundo

Que por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales,luego elevadas a definitivas, se sostuvo acusación por los siguientes hechos, presuntamente cometidos por el acusado.:

" El acusado Juan Pedro,nacido el 17.5.34 en Buenos Aires, divorciado, Argentina, de nacionalidad argentina, con residencia en España, y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, de solvencia no establecida, en libertad por esta causa, en el período de tiempo comprendido entre los meses de enero y junio del año 2004 puso en práctica en la ciudad de Barcelona y otras una mecánica defraudatoria con la finalidad de lucrarse ilícitamente a costa del patrimonio ajeno, mecánica que consistía en las siguientes operaciones:

De modo que no consta el acusado obtenía datos comerciales y bancarios de empresas o entidades que operaban en el tráfico económico tales como números de cuentas corrientes, firmas autorizadas anagramas y sellos, datos con los cuales el propio acusado u otra persona a su ruego confeccionaba y firmaba cartas órdenes aparentemente suscritas por los representantes de dichas empresas cuyo contenido era la petición de entrega de talonarios de cheques dirigida a entidades bancarias donde las mismas eran titulares de cuentas corrientes

Fraudulentamente confeccionadas en las correspondientes entidades bancarias, el acusado obtenía talonarios de cheques que él mismo u otra persona su ruego procedía a cumplimentar " al portador "por importes cercanos pero siempre inferiores a 3000 €, estampando en ellos una firma que imitaba a la de los representantes autorizados de las empresas o entidades titulares de las cuentas con cargo a las cuales se emitían los cheques, que posteriormente eran cobrados en efectivo en ventanilla dado que por su apariencia legítima no despertaban las sospechas de los empleados de las entidades bancarias donde eran presentados

El acusado nunca acudía personalmente a las entidades bancarias ni para solicitar la entrega de talonarios de cheques presentando las cartas órdenes simuladas, ni para presentar al cobro los cheques fraudulentamente elaborados, sino que para ello se servía de diversos taxistas que, por encargo suyo, realizaban esas tareas de buena fe esto es, desconociendo las actuaciones e intenciones defraudatorias del acusado al que de inmediato entregaban los talonarios de cheques y el dinero procedente del cobro de los mismos. El acusado se ganaba la confianza de los taxistas cuyos servicios profesionales requería para efectuar múltiples desplazamientos en diferentes jornadas aparentando por su aspecto, indumentaria y conversación, ser un respetable insolvente ejecutivo con problemas de salud y cansancio físico por insuficiencia cardíaca, excusa que les daba para pedirles como favor que acudieran a las entidades bancarias a realizar aquellas gestiones como la obtención de talonarios cobro de cheques mientras él esperaba junto al taxi, para lo cual les facilitaba los documentos correspondientes cartas órdenes y cheques. A cambio de esos favores el acusado les retribuía generosamente sus servicios profesionales entregándoles gratificaciones o propinas de aproximadamente 20 euros.

Actuando siempre conforme al procedimiento descrito el acusado realizó los siguientes hechos,

  1. En la Oficina 0639 de LA CAIXA sita en la Plaza Letamendi de Barcelona

    A-1 El día 7 de enero de 2004 presentó por medio del taxista Benedicto una carta orden aparentemente suscrita por el administrador de la entidad a AGESA CONSULTING en la que solicitaba la entrega al portador de talonario y saldo de su cuenta 020008 5162. Como el membrete y la firma de la carta parecían auténticos le fueron entregados dos talonarios de cheques de la mencionada cuenta de los que cobró en la indicada Oficina bancaria los que seguidamente se relacionan

    A.1.1 El día ocho de enero cobró los cheques números 438. 963 y 438. 961 por importes de 2850,02 € y 2950 € respectivamente

    A.1.2 El día han nueve de enero cobro del cheque número 438. 965 por importe de 2950 €.

    A.1.3 El día 12 de enero cobro los cheques números 438. 982 y 438. 966 por importes de 2990 y 2970 € respectivamente.

    A.1.4 El día 14 de enero cobro del cheque 438984 por importe de 2990 Euros €

    Para el cobro de los seis cheques indicados cuyo importe total asciende a 17.700 € luego reintegrados por la entidad bancaria a AGESA CONSULTING el acusado utilizó según los casos a los taxistas Benedicto Jose Pedro y otros no identificados.

  2. En la oficina de LA CAIXA sita en la calle Asturias 66-68 de Barcelona

    B-1. El día 9 de febrero de 2004 presentó por medio del taxista Benedicto una carta orden aparentemente suscrita por el representante autorizado de la entidad RODAR Y RODAR PUBLICIDAD SL en la que solicitaba la entrega al portador de talonario y saldo de su cuenta 0 2001 21499. Como el membrete y la firma de la carta parecían auténticos le fue entregado un talonario de cheques de los que luego cobró en la indicada oficina bancaria los que seguidamente se relacionan

    B.1.1 El día 10 de febrero cobró los cheques números 469802 y 469805 respectivos de 2900, € y 2850 €. El día 11 de febrero cobró los cheques números 469806 y 469809 por importes respectivos de 2950, € 2900 €.

    B.1.2 El día 12 de febrero cobró los cheques números 469816 y 469811 por importes respectivos de 2950, € y 2850 €

    B.13.El día 13 de febrero de 2004 cobro del cheque 469819 por importe de 2900 €.

    Para el cobro de los siete cheques reseñados cuyo importe total asciende a 20 300 euros posteriormente reintegrados por la entidad bancaria a Rodar y Rodar publicidad SL el acusado utilizó según los casos a los taxistas Benedicto, Jose Enrique y otros no identificados

  3. En la Oficina del Banco de Sabadell existe de Paseo de San Juan 169 de Barcelona

    C.1) el día 15 de abril de 2004 presentó por medio del taxista Humberto y una carta orden aparentemente suscrita por los representantes autorizados del Colegio oficial de prótesicos dentales de Cataluña en la que se solicitaba la entrega al portador de talonario y saldo de su cuenta 000 1172124. Como el anagrama y firmas de la carta parecían auténticos, le fue entregado un talonario de cheques de la mencionada cuenta si bien en este caso no consiguió cobrar ningún cheque.

    C.1.1.)En efecto el día 16 de abril, por medio de un taxista no identificado, intentó cobrar uno de los cheques por importe de 2950 € en la indicada Oficina bancaria pero no lo consiguió porque el empleado del oficina que atendió al taxista le pidió su número de DNI. ante lo cual el taxista manifestó que el dinero no era para él y que pediría el DNI al beneficiario yéndose de la oficina a la que ya no regreso porque evidentemente el acusado desistió de cobrarlo.

    C.1.2 El día 19 de abril intentó cobrar el cheque 4277862 por importe de 2950 € por medio en este caso del taxista Humberto, nuevamente el intento fue infructuoso porque el responsable de la Oficina bancaria sospechó algo irregular indicó al taxista que debía esperar y llamó a la policía que se personó e intentó localizar al acusado siguiendo las indicaciones del taxista lo que no fue posible porque el acusado había advertido lo ocurrido y había abandonado ya el taxi y las inmediaciones del lugar

    D)En la oficina casera de CAIXA D ESTALViS DE CATALUNYA sito en la Riera Bisbe Pol 80 de Arenys de Mar

    D.1) El día 3 de junio de 2004 presentó por medio del taxista David una carta orden aparentemente suscrita por el administrador de la entidad NOECO SA a en la que solicitaba la entrega al portador de talonario y saldo de su cuenta cero 2006 00572. Como el membrete y firma de la carta parecían auténticos le fue entregado un talonario de pagarés de la mencionada cuenta, de los de los de los que cobró en la indicada oficina bancaria los que seguidamente se relaciona aparte

    D.1.1. El día 4 de junio cobró el pagaré número 5206902 por importe de 1670 €

    D.1.2. El día siete de junio cobró el pagaré 5206901 por importe de 2960 euros por medio del taxista David.

    D.1.3 Media hora después de cobrar el pagaré antes indicado intentó cobrar por medio del mismo taxista oro pagaré número 5206903 por importe de 2870 Euros pero en este caso no lo logró ya que el responsable de la oficina bancaria sospecho algo irregular indicó al taxista que esperase y llamó a la Policía que acudió al lugar paro tampoco consiguió localizar al acusado.

    El importe total de ambos cheques cobrados 4630 euros se reintegró por Caixa de Catalunya a la entidad NOECO.SA

  4. en la oficina de la Caixa de Estalvis de Catalunya sita en la Calle Ganduxer 129 de Barcelona

    E.1. El día 17 de junio de 2004 presentó por medio de un taxista no identificado una carta orden aparentemente suscrita por Gema y en la que se solicitaba la entrega al portador de talonario y saldo de su cuenta 02 00157681. Como la firma de la carta...

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