STSJ Castilla y León 799/2010, 10 de Diciembre de 2010

PonenteJOSE MATIAS ALONSO MILLAN
ECLIES:TSJCL:2010:6309
Número de Recurso391/2008
ProcedimientoEXPROPIACION FORZOSA
Número de Resolución799/2010
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

En la ciudad de Burgos a diez de diciembre de dos mil diez.

Recurso contencioso-administrativo núm. 391/2008, interpuesto por la mercantil "Castrofresno, S.L.", representada por la procuradora doña María José Martínez Amigo y defendida por el letrado don Miguel Rodríguez Lucas, contra las resoluciones del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Ávila adoptadas en la Sesión celebrada el día 18 de febrero de 2008, relativas a los expedientes 085/2007 a 108/2007, por las que se fija el justiprecio de las fincas núm. 80, 82, 84, 86, 87-0, 87-1, 89, 92, 93, 94, 95, 96, 98-0, 98-1, 99, 101, 102, 218, 219, 220, 221, 222, 223 y 305 del proyecto expropiatorio, con referencia catastral parcelas 5005, 5004, 5072, 5062, 5020, 5003, 5002 del polígono 4 y 5030, 5014, 5013, 5011, 5017, 5010, 5009, 5018, 5019, 5008, 5030, 5014, 5013, 5026, 5027, 5008 y 5013 del polígono 6, del término municipal de Rivilla de Barajas (Ávila), expropiadas con motivo de la obra "Autovía A-50, Ávila-Salamanca, Tramo Chaherrero-Narros el Castillo, Clave 12-AV-2870"; habiendo comparecido como parte demandada el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, defendido y representado por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la parte demandante se interpuso el presente recurso contencioso-administrativo por medio de escrito presentado el día 14 de abril de 2.008. Admitido a trámite se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda lo que efectuó en legal forma mediante escrito de fecha 12 de marzo de 2009, que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare:

Que el valor de los bienes y derechos expropiados y los daños y perjuicios sufridos es de 4.656.971,31 €, como se especifican en el hecho segundo, tercero y cuarto de la demanda; que subsidiariamente se valoren en 3.339.051,63 €; que como segunda subsidiaridad se valoren en 2.143.161,55 €, todo ello s.e.u.o. y sin perjuicio del mas de otras partidas por valorar (entre otras los áridos) concretados en los anteriores hechos, así como a los intereses legales desde el Acta de Ocupación, a partir del depósito previo y en consecuencia declare nulos y desestime los acuerdos tomados por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Avila de 18 de febrero de 2008 en los expedientes correlativos del 085 al 108 del 2007, ambos inclusive, conforme se expone en el recuadro del hecho primero y que obran en el expediente administrativo, por ser contrarios a la ley, la jurisprudencia y la doctrina.

SEGUNDO.- Se confirió traslado de la demanda por término legal a la Administración demandada quien contestó a la misma mediante escrito de fecha 22 de abril de 2.009 oponiéndose al recurso y solicitando se dicte sentencia por la que se desestime el recurso.

TERCERO.- Recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos y verificado el trámite de conclusiones por escrito, quedó el recurso concluso para sentencia, habiéndose señalado el día 2 de diciembre de 2.010 para votación y fallo. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Jose Matias Alonso Millan, Magistrado integrante de esta Sala y Sección:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Son objeto del presente recurso jurisdiccional las resoluciones del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Avila adoptadas por sesión celebrada el día 18 de febrero de 2008, relativas a los expedientes que van del 085/2007 al 108/2007, por las que se fija el justiprecio de las fincas núm. 80, 82, 84, 86, 87-0, 87-1, 89, 92, 93, 94, 95, 96, 98-0, 98-1, 99, 101, 102, 218, 219, 220, 221, 222, 223 y 305 del proyecto expropiatorio, con referencia catastral parcelas 5005, 5004, 5072, 5062, 5020, 5003, 5002 del polígono 4 y 5030, 5014, 5013, 5011, 5017, 5010, 5009, 5018, 5019, 5008, 5030, 5014, 5013, 5026, 5027, 5008 y 5013 del polígono 6, del término municipal de Rivilla de Barajas (Ávila), expropiadas con motivo de la obra "Autovía A-50, Ávila- Salamanca, Tramo Chaherrero-Narros el Castillo, Clave 12-AV-2870".

Referidas resoluciones fijan el justiprecio de las siguientes fincas:

Expediente 085/2007: finca 80-0, parcela catastral 5030 del polígono 6, en el valor total de 37.237,92 €; desglosado de la manera siguiente: por pérdida de suelo 23.653,10 € (24.898 m² x 0,95 €/m²), por ocupación temporal 5.480,18 € (17.678 m² x 0,31 €/m²), por cercados 4769,70 € (469,70 € por 55ml x 8,54 €/ml y 4300 € por 860ml x 5 €/ml), por rápida ocupación 2128,80 € (42.576 m² x 0,05 €/m²) y premio de afección por importe de 1206,14 €.

Expediente 086/2007: finca 82-0, parcela catastral 5014 del polígono 6, en el valor total de 13.916,36 €; desglosado de la manera siguiente: por pérdida de suelo 12.153,65 € (9.958,85 € por 12.483 m² x 0,95 €/m² y 2194,80 € por 3720 m² x 0,59 €/m²), 494,55 € por pérdida de encinas (7 ud. x 70,65 €/ud), 635,75 € por rápida ocupación (524,15 € por 10.483 m² x 0,05 €/m² y 111,60 € por 3720 m² x 0,03 €/m²) y 632,41 € por premio de afección.

Expediente 087/2007: finca 84-0, parcela catastral 5013 del polígono 6, en el valor total de 42.346,23 €; que se desglosa de la manera siguiente: 38.404,70 € por valor del suelo (40.426 m² x 0,95 €/m²), 2021,30 € por rápida ocupación (40.426 m² x 0,05 €/m²) y 1920,23 € por premio de afección.

Expediente 088/2007: finca 86-0, parcela catastral 5005 del polígono 4, en el valor total de 450,10 €; que se desglosa de la manera siguiente: 408,87 € por pérdida de suelo (693 m² x 0,59 €/m²), 20,79 € por rápida ocupación (693 m² x 0,03 €/m²) y 20,44 € por premio de afección.

Expediente 089/2007: finca 87-0, parcela catastral 5004 del polígono 4, en el valor total de 18.691,25 €; que se desglosa de la manera siguiente: 13.850,05 € por pérdida de suelo (14.579 m² x 0,95 €/m²), 504,06 € por ocupación temporal (1626 m² x 0,31 €/m²), 50,40 € por servidumbre (126 m² x 0,40 €/m²), 2747,80 € por cercados (597,80 € por 70ml x 8,54 €/ml y 2150 € por 430ml x 5 €/ml), 816,55 € por rápida ocupación (16.331 m² x 0,05 €/m²) y 722,39 € por premio de afección.

Expediente 090/2007: finca 87-1, parcela catastral 5072 del polígono 4, en el valor total de 5,07 €; con el siguiente desglose: 3,90 € por ocupación temporal (39 m² x 0,10 €/m²) y 1,17 € por rápida ocupación (39 m² x 0,03 €/m²).

Expediente 091/2007: finca 89-0, parcela catastral 5062 del polígono 4, en el valor total de 7.089,20 €; que se desglosaba de la manera siguiente: 3521,71 € por pérdida de suelo (5969 m² x 0,59 €/m²), 68,80 € por ocupación temporal (688 m² x 0,10 €/m²), 8,60 € por servidumbre (43 m² x 0,20 €/m²), 1883,67 € por pérdida de la chopera (1697 m² x 1,11 €/m²), 1220,80 € por cercado (170,80 € por 20ml x 8,54 €/ml y 1050 € por 210ml x 5 €/ml), 201 € por rápida ocupación (6700 m² x 0,03 €/m²) y 184,62 € por premio de afección.

Expediente 092/2007: finca 92-0, parcela catastral 5020 del polígono 4, en el valor total de 618,98 €; con el siguiente desglose: 488,52 € por pérdida de suelo (828 m² x 0,59 €/m²), 47,60 € por ocupación temporal (476 m² x 0,10 €/m²), 16,80 € por servidumbre (84 m² x 0,20 €/m²), 41,64 € por rápida ocupación (1388 m² x 0,03 €/m²) y 24,42 € por premio de afección.

Expediente 093/2007: finca 93-0, parcela catastral 5003 del polígono 4, en el valor total de 2872,54 €; que se desglosa de la manera siguiente: 998,87 € por pérdida de suelo (1643 m² x 0,59 €/m²), 1823,73 € por pérdida de la chopera (1643 m² x 1,11 €/m²) y 49,94 € por premio de afección.

Expediente 094/2007: finca 94-0, parcela catastral 5002 del polígono 4, en el valor total de 9.567,46 €; que se desglosa de la manera siguiente: 6.625,30 € por pérdida de suelo (6974 m² x 0,95 €/m²), 2225,90 € por cercados (725,90 € por 85ml x 8,54 €/ml y 1500 € por 300ml x 5 €/ml), 348,70 € por rápida ocupación (6974 m² x 0,05 €/m²) y 367,56 € por premio de afección.

Expediente 095/2007: finca 95-0, parcela catastral 5011 del polígono 6, en el valor total de 141.046,88 €; que se desglosa de la forma siguiente: 107.771,80 € por valor del suelo (113.444 m² x 0,95 €/m²), 21.927,90 € por cercados (5.130,10 € por 290ml x 17,69 €/ml, 597,80 € por 76ml x 8,54 €/ml y 16.200 € por 3240ml x 5 €/ml), 5.672,20 € por rápida ocupación (113.444 m² x 0,05 €/m²) y 5.674,98 € por premio de afección.

Expediente 096/2007: finca 96-0, parcela catastral 5017 del polígono 6, en el valor total de 5.037,18 €; que se desglosa de la manera siguiente: 2526,97 € por valor del suelo (4283 m² x 0,59 €/m²), 2195,60 € por cercados (1195,60 € por 140ml x 8,54 €/ml y 1000 € por 200ml x 5 €/ml), 128,49 € por rápida ocupación (4283 m² x 0,03 €/m²) y 186,12 € por premio de afección.

Expediente 097/2007: finca 98-0, parcela catastral 5010 del polígono 6, en el valor total de 96.634,73 €; se desglosa de la forma siguiente: 69.790,80 € por pérdida de suelo (73.464 m² x 0,95 €/m²), 3618,94 € por ocupación temporal (11.674 m² x 0,31 €/m²), 15.201 € por cercados (5.551 € por 650ml x 8,54 €/ml y 9.650 € por 1930ml x 5 €/ml), 4.256,90 € por rápida ocupación (85.138 m² x 0,05 €/m²) y 3767,09 € por premio de afección.

Expediente 098/2007: finca 98-1, parcela catastral 5009 del polígono 6, en el valor total de 3042,78 €; que se desglosa de la manera siguiente: 1131,03 € por pérdida de suelo (1917 m² x 0,59 €/m²), 1347,80 € por cercados (597,80 € por 70ml x 8,54 €/ml y 750 € por 150ml x 5 €/ml), 400 € por portera, 57,51 € por rápida ocupación (1917 m² x 0,03 €/m²) y 106,44 € por premio de afección.

Expediente 099/2007: finca 99-0, parcela catastral 5018 del polígono 6, en el valor total de 7.294,60 €; desglosado en la manera siguiente: 3393,68 € por valor del suelo (5752 m² x 0,59 €/m²), 3541,60 € por cercados (341,60 € por 40ml x 8,54 €/ml y 3200 € por 640ml x 5 €/ml), 172,56 € por rápida ocupación (5752 m² x 0,03 €/m²) y 186,76 € por premio de afecció...

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