SAP Barcelona 391/2008, 29 de Julio de 2008
Ponente | MARIA DOLORES PORTELLA LLUCH |
ECLI | ES:APB:2008:6495 |
Número de Recurso | 348/2007 |
Procedimiento | INCIDENTE |
Número de Resolución | 391/2008 |
Fecha de Resolución | 29 de Julio de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN PRIMERA
SENTENCIA Nº
Recurso de apelación nº 348/07
Procedente del procedimiento nº 598/06 Juicio ordinario
Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 29 de Barcelona
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON ANTONIO RECIO CORDOVA, actuando la primera de
ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 348/07 interpuesto contra la sentencia dictada el día 26
de enero de 2007 en el procedimiento nº 598/06 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Barcelona en el que es
recurrente DISEÑOS Y CONSULTING DE ELECTRONICA Y COMUNICACIONES, S.A., y apelado ZURICH ESPAÑA CIA. DE
SEGUROS, S.A., previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente
S E N T E N C I A
Barcelona, 29 de julio de 2008
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Desestimar la demanda interpuesta por la representación procesal de Diseños y Consulting de Electrónica y Comunicaciones, S.A. contra la entidad Zurich de España Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. y, en consecuencia, absolver a la referida demandada de cuantos pedimentos se realizaban en su contra. Todo ello imponiendo a la actora las costas causadas en esta litis.
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.
La entidad Diseños y Consulting de Electrónica y Comunicaciones SA instó demanda contra la aseguradora Zurich España Cía de Seguros, al amparo de la póliza de seguro de transporte suscrita por ambas sociedades el 10 de marzo de 2000 y ampliada el 1 de marzo de 2005 al robo de mercancías, en la que reclamaba el valor de los efectos sustraídos el día 27 de septiembre de 2005, con ocasión del robo con fuerza cometido en vehículos estacionados en la puerta del Hotel Tryp de El Prat de Llobregat.
La compañía aseguradora demandada se opuso a la demanda con base a dos argumentos: 1) falta de cobertura, por considerar que la póliza no incluía el robo de los útiles de trabajo sino únicamente de los bienes destinados a la venta a terceros, y 2) no haber dejado los vehículos en lugar vigilado, incumpliendo de este modo lo dispuesto en el contrato.
La sentencia dictada en la instancia admitió la cobertura de la póliza en relación a los efectos sustraídos, rechazando de este modo los argumentos de la parte demandada, pero no estimó la demanda porque entendió que los trabajadores de la actora >, porque a pesar de haber sido advertidos de que debían estacionar los vehículos en un lugar con la debida vigilancia, optaron por no hacerlo y aparcaron en la calle junto al hotel.
Contra la indicada sentencia ha planteado recurso la representación de la parte actora cuya defensa expuso los argumentos que en forma resumida indicamos: a) el robo tuvo lugar antes de que transcurrieran las tres horas previstas en la póliza respecto de las condiciones para el estacionamiento de los vehículos, b) los vehículos estaban cerrados y estacionados en un lugar para estacionamiento de vehículos, c) se cumplieron, por tanto, las condiciones objetivas que marcaba la póliza, d) no es cierta la falta de diligencia...
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