AAP Jaén 41/2008, 10 de Junio de 2008

PonenteMARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY
ECLIES:APJ:2008:335A
Número de Recurso206/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución41/2008
Fecha de Resolución10 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

1 A U T O Núm. 41

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

MAGISTRADOS

D. JOSÉ ANTONIO CÓRDOBA GARCÍA

D. RAFAEL MORALES ORTEGA

En la ciudad de Jaén, a Diez de Junio de dos mil ocho.

La Audiencia Provincial de Jaén, Sección Segunda, formada por los Iltmos. Sres. al margen relacionados, ha visto en grado de apelación el precedente rollo y autos civiles sobre Ejecución de Titulo No Judicial, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de Jaén, con el nº 1310/2007, Rollo de Apelación de esta Audiencia nº 206/2008, seguidos a instancia de CONSORCIO COMPENSACIÓN DE SEGUROS, representado y defendido en la instancia y en esta alzada por el Sr. Abogado del Estado contra Dª. Fátima, representada en la instancia y en esta alzada por el Procurador D. Miguel Bueno Malo de Molina y defendida por el Letrado D. Rafael Siles Trigo.

ACEPTANDO como relación de antecedentes y trámite los antecedentes de hecho del auto recurrido, y;

H E C H O S
PRIMERO

Que el Juzgado de referencia dictó Auto fechado el 29 de febrero de 2008, que contiene la siguiente parte dispositiva: "Que desestimo la oposición a la ejecución efectuada, declarando procedente que la ejecución siga adelante por la cantidad despachada, con imposición de las costas al ejecutado".

El Auto fue recurrido en tiempo y forma en apelación por la parte demandada de ejecución interesando su revocación por los fundamentos que constan en el escrito de recurso, del que se dio traslado a la parte ejecutante, que presentó escrito de oposición, solicitando la confirmación de la resolución; tras lo que el Juzgado remitió las actuaciones a la Audiencia para la resolución del recurso de apelación.

SEGUNDO

Recibidos los autos en la Audiencia Provincial, Sección Segunda, tras su reparto, se acordó la formación del correspondiente rollo de apelación con designación de Ponente, quedando pendiente de resolución, tras la deliberación, votación y fallo que tuvo lugar el día 9 de junio de 2008.

TERCERO

Que en la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales y reglas de procedimiento. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Versa el pleito y ahora el recurso de apelación sobre el único motivo de oposición que la parte ejecutada formuló frente a la acción ejecutiva planteada por el Consorcio de Compensación de Seguros en base a lo dispuesto en el artículo 20.3º del Estatuto Legal en relación con el artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Se alegó, al amparo del artículo 559 de dicha Ley la nulidad radical del despacho de ejecución al ser radicalmente nulo el título por no existir resolución judicial previa alguna que le obligara a pagar la cantidad que ahora se reclama a la demandada de ejecución.

La resolución que se dicta en la instancia desestimando dicho motivo de oposición se ampara en la aplicación de la norma citada en la demanda, constatando que la misma ninguna indefensión produce en el demandado al estar prevista en...

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