AAP Madrid 1160/2009, 30 de Marzo de 2009

PonenteCELIA SAINZ DE ROBLES SANTA CECILIA
ECLIES:APM:2009:5418A
Número de Recurso100/2009
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución1160/2009
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección nº 5

Rollo: RT 100/2009

Procedente del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 31 DE MADRID

Diligencias Previas- Procedimiento Abreviado N. 10/2008

AUTO NÚM. 1160/2009

Ilmos. Magistrados

D. ARTURO BELTRÁN NUÑEZ

D. JESÚS ÁNGEL GUIJARRO LÓPEZ

D. CELIA SAINZ DE ROBLES SANTA CECILIA

En Madrid, a treinta de marzo de dos mil nueve. HECHOS

PRIMERO

En las Diligencias Previas- Procedimiento Abreviado nº 10/2008 del Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid, con fecha 24 de junio de 2008 se dictó auto por el que se acordaba el sobreseimiento libre y el archivo de las mismas.

SEGUNDO

Contra dicho auto, interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación la representación procesal de los querellantes, Blas y Diego y, desestimado el primero por auto de fecha 14 de enero de 2009, se tuvo por interpuesto el segundo, al que se dio trámite y al que se pone fin por medio del presente auto.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra las resoluciones del Juez de Instrucción que han decretado el sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 637.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por no revestir el hecho denunciado caracteres de una infracción criminal, la parte apelante aduce que, muy al contrario, se trata en este caso de la posible existencia de un delito, inicialmente de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.2 y 3 del Código Penal, como se sigue de las actuaciones.

Por lo cual, deben revocarse las resoluciones apeladas y el sobreseimiento dictado.

SEGUNDO

Las presentes actuaciones se incoaron en virtud de querella de los ahora apelantes, interpuesta contra dos periodistas y contra el Director del diario ABC y la sociedad mercantil DIARIO ABC, SL, como responsable civil directa en cuanto editora del periódico, en la que se denunciaba que en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Valdemoro se seguían las Diligencias Previas 1771/2006, en el marco del denominado "caso Ciempozuelos", en las que se imputaban delitos de blanqueo de capitales y de cohecho al querellante Blas que había sido presidente de la Corporación municipal hasta el mes de octubre de 2006.

Y desde el día 16 de octubre de 2006, el diario ABC había empezado una serie de publicaciones que siempre coincidían en adelantarse al conocimiento de las partes personadas en el procedimiento en cuanto a la práctica de diligencias y actuaciones procesales, con inserción en sus noticias de documentos obrantes en el procedimiento judicial (como se acredita documentalmente, copia de declaraciones sumariales, publicación de contratos incorporados a la causa, informes policiales...e, incluso, transcripción de grabaciones producidas en el marco de la investigación policial), de los que obviamente el periódico había tenido conocimiento a través de filtraciones interesadas, cuyo origen no era conocido.

En ese contexto, se publicó el artículo de fecha 11 de diciembre de 2006, bajo el título "La corrupción urbanística... caso Ciempozuelos" que contenía los datos de filiación policial de los querellantes, entre los de otras personas imputadas en el caso. Es decir, se publicaron los datos relativos a su identificación: filiación, fotografía, impresión de huella digital, firma, número de documento de identidad y de identificación fiscal.

Así, los apelantes entienden que se ha roto un doble filtro de control y, a través de la vulneración del secreto sumarial, se ha obtenido un dato protegido por la Ley de Protección de Datos, por lo que ninguna información debe entenderse amparada por una vulneración de este...

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