SAP Guipúzcoa 283/2010, 28 de Septiembre de 2010
Ponente | MARIA TERESA FONTCUBERTA DE LA TORRE |
ECLI | ES:APSS:2010:257 |
Número de Recurso | 2187/2010 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN JUICIO VERBAL LEC 2000 |
Número de Resolución | 283/2010 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA
GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIA
Sección / Sekzioa: 2ª/2.
SAN MARTIN 41-1ª planta - C.P./PK: 20007
Tel.: 943-000712
Fax / Faxa: 943-000701
N.I.G. / IZO: 20.05.2-09/012729
Apel.j.verbal L2 / 2187/2010 - G
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: Jdo. 1ª Instancia nº 5 (Donostia) / Lehen Auzialdiko 5 zk.ko Epaitegia (Donostia)
Autos de 1105/2009 (e)ko autoak
Recurrente / Errekurtsogilea: Sofía
Procurador / Prokuradorea: ISABEL MARIN CANO
Abogado / Abokatua: FERNANDO ARBE HERRERO
Recurrido / Errekurritua: REALE SEGUROS GENERALES S A . y Luis Pablo
Procurador / Prokuradorea: JUAN RAMON ALVAREZ URIA y JUAN RAMON ALVAREZ URIA
Abogado / Abokatua: EDUARDO ANGEL LAGUNILLA FERNANDEZ y EDUARDO ANGEL LAGUNILLA FERNANDEZ
SENTENCIA Nº 283/2010
ILMA. SRA.:
Dña. Mª TERESA FONTCUBERTA DE LATORRE
En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a veintiocho de septiembre de dos mil diez.
La Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por la Magistrada Dña. Mª TERESA FONTCUBERTA DE LATORRE como Tribunal Unipersonal, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Juicio verbal nº 1105/09, seguidos en el Jdo. 1ª Instancia nº 5 DONOSTIA - SAN SEBASTIAN a instancia de Sofía apelante - demandante, representada por la Procuradora Sra. ISABEL MARIN CANO y defendida por el Letrado Sr. FERNANDO ARBE HERRERO contra REALE SEGUROS GENERALES S A y Luis Pablo apelado - demandado, representados por el Procurador Sr. JUAN RAMON ALVAREZ URIA y JUAN RAMON ALVAREZ URIA y defendidos por el Letrado Sr. EDUARDO ANGEL LAGUNILLA FERNANDEZ y EDUARDO ANGEL LAGUNILLA FERNANDEZ; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra SENTENCIA dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 19 DE FEBRERO DE 2010 .
El 19 de febrero de 2010 el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Donostia-San Sebastián dictó sentencia, que contiene el siguiente Fallo:
"Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por Sofía representado por el procurador Dña. Isabel Marín contra Luis Pablo debo absolver y absuelvo a Luis Pablo de todos los pedimentos formulados en su contra en la demanda, condenando a la actora al pago de las costas procesales."
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, que fue admitido, y, elevados los autos a esta Audiencia, se entregaron los autos al Magistrado designado para dictar la resolución procedente.
En la tramitación de este recurso se han cumplido todas las formalidades prescritas por la ley.
Constituido como Tribunal Unipersonal la Magistrada Dña. Mª TERESA FONTCUBERTA
DE LATORRE.
La apelante Dª. Sofía, recurre en esta alzada la sentencia dictada por el juzgado de instancia, por la que se desestima íntegramente su demanda en reclamación de indemnización por los daños causados en su domicilio a consecuencia de las obras de reforma llevadas a cabo en la vivienda del piso superior propiedad del demandado Sr. Luis Pablo .
El juzgador valora la prueba practicada, que esencialmente se concreta en las periciales emitidas a instancia de la aseguradora de la actora y del demandado, y la testifical del Sr. Olegario, llegando a la conclusión de que las grietas que aparecieron en la vivienda de la Sra. Sofía no guardan relación con las obras realizadas, sino que obedecen a las características de la construcción del inmueble que explica la existencia de fisuras y grietas antiguas.
Frente a dicha decisión se alza la apelante, alegando que no se ha valorado correctamente la pericial practicada, puesto que el perito Sr. Juan Manuel no incurrió en ninguna contradicción en su informe, sino que señaló la relación causa-efecto entre las obras realizadas y las grietas aparecidas en el riesgo. Y añade que el perito de la propia parte demandada reconoció que en algunas zonas de la vivienda de la actora aparecían fisuras de aspecto reciente, compatibles con golpes dados al...
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