SAP Murcia 307/2010, 19 de Octubre de 2010

PonenteMATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS
ECLIES:APMU:2010:2328
Número de Recurso103/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución307/2010
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00307/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION DE CARTAGENA

ROLLO DE APELACIÓN N º 103/10

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 343/05

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE SAN JAVIER.

SENTENCIA 307

Ilmos. Sres.

Don José Manuel Nicolás Manzanares.

Presidente

Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas

Don José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

En la ciudad de Cartagena, a diecinueve de Octubre de dos mil diez.

La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario n. 343/05 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Javier, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada SEA NOSTROMO, S.L., habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representado por la Procuradora Sra. Zapata Ferrer y dirigidos por el Letrado D. José Mª Ruiz Jover y como apelada Alberto, representado por la Procuradora Sra. Foncuberta Hidalgo, asistido de la letrada Sra. Teresa Carceller Carceller.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Javier en los referidos autos, tramitados con el núm. 342/05, se dictó sentencia con fecha 29/07/09, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Foncuberta Hidalgo, en nombre y representación de D. Alberto, de condenar y condeno a la mercantil SEA NOSTROMO S.L., al pago a la actora de la cantidad de siete mil dos euros con cincuenta céntimos

(7.002,50 euros) de principal, más intereses legales y costas del procedimiento, en el modo expuesto en el Fundamento de Derecho Quinto de esta resolución".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo el día 18/5/10.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que estimando la demanda sobre reclamación de cantidad por impago de arrendamiento de obra, condenó a la demandada al pago de la cantidad reclamada. Se formula recurso de apelación por esta por considerar que existe error en la valoración de la prueba por parte de la juzgadora de instancia.

Por la parte apelada, se formula escrito de oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.

SEGUNDO

Se alega por el apelante en su recurso, que existe error en la valoración de la prueba por parte d la juzgadora de instancia, en cuanto a las dos partidas por las que se le reclama el pago.

En cuanto a la cantidad referida a los trabajos realizados por la actora en el BUQUE000, se alega que el demandante no ha acreditado la realización de los trabajos de dirección de obra en la reforma y motorización del buque, cuyo pago reclama, pues los mismo no fueron acordes con el encargo,...

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