SAP Murcia 230/2010, 1 de Julio de 2010

PonenteMATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS
ECLIES:APMU:2010:1603
Número de Recurso48/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución230/2010
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00230/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION DE CARTAGENA

ROLLO DE APELACIÓN N º 48/10

PROCEDIMIENTO Ordinario 1170/07

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE CARTAGENA.

SENTENCIA 230

Ilmos. Sres.

Don José Manuel Nicolás Manzanares

Presidente

Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas

Don José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

En la ciudad de Cartagena, a uno de Julio de dos mil diez.

La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio Ordinario núm. 1170/07 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cartagena, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada y demandante reconvencional Hormigones Prefabricados Saura, S.L., habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procuradora Sra. Díez Almodóvar. y dirigidos por el Letrado D. Joaquín Martínez Salmerón y como apelada Halfen Deha S.L. representada por el Procurador D. Vicente Lozano Segado, asistidos del letrado Sr. D. José Pablo Martínez Talavera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el núm. 1170/07, se dictó sentencia con fecha 19/11/2008, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: " Que estimando la demanda interpuesta por "HALFEN-DEHA S.L." contra "HORMIGONES PREFABRICADOS SAURA S.L" debo condenar y condeno a ésta a que abone a la actora la cantidad de dieciséis mil ocho euros (16.008.- #) mas los intereses legales sobre esta cantidad a devengar desde la fecha de interposición de demanda de proceso monitorio y costas. Y desestimando la reconvención formulada por "HORMIGONES PREFABRICADOS SAURA S.L." debo absolver y absuelvo a "HALFEN-DEHA S.L." de todas las pretensiones deducidas en su contra, con imposición de costas de la reconvención de la demandada reconviniente."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo el día 13/Abril/2010.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que desestimando la demanda así como la reconvención formulada condenó a la entidad demandada al pago de la cantidad reclamada y las costas. Se formula recurso de apelación por ésta por considerar que existe error en la valoración de la prueba.

Por la parte apelada, se formula escrito de oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.

SEGUNDO

Se alega en el recurso que existe error en la valoración de la prueba respecto a parte de la cuantía reclamada por la demandante, concretamente la partida referente a la factura de 3.132 Euros y error en la valoración de la prueba en cuanto a la no estimación de la reconvención formulada.

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